Saturday, June 27, 2015

Salud fija plazo de 24 horas para concretar aborto legal



El Gobierno fijó un plazo de 24 horas para concretar un aborto legal, cuando el embarazo sea producto del delito de violación o cuando la vida y la salud de la mujer corre peligro. El Ministerio de Salud elaboró un protocolo que garantiza atención inmediata.

“El Protocolo permite que la atención a las usuarias en centros de salud sea de calidad y calidez. El jefe de servicio o director deben garantizar la interrupción legal del embarazo dentro de las primeras 24 horas de haber solicitado el servicio (tras la denuncia)”, explicó ayer Grisel Alarcón, responsable del área de Violencia del Ministerio de Salud.

En caso de que alguno de los profesionales se ampare en el derecho a la objeción de conciencia, el jefe del área o el mismo director del centro de salud deben garantizar el aborto legal en el día. La funcionaria aclaró que ese derecho es personal y no institucional.

En el caso de la niña de 11 años, vejada por un mototaxista en la ciudad de Santa Cruz, Alarcón indicó que a las 24 horas de presentar la denuncia, los médicos del nosocomio debían proceder con la interrupción legal del embarazo.

“La norma (Sentencia Constitucional 0206/2014) es clara y de cumplimiento obligatorio a sola presentación de la denuncia realizada ante el Ministerio Público o la Policía. Velaremos que se cumplan los derechos de la niña, no deben existir trabas”, sostuvo.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió el 5 de febrero del año pasado dicha sentencia, en la que se elimina la orden judicial como requisito para el aborto en caso de que el embarazo sea producto de una violación, la vida de la mujer esté en riesgo o haya incesto o estupro.

Una vez conocido el fallo, el Ministerio de Salud elaboró el Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional 0206/2014, con el apoyo de profesionales de cada Servicio Departamental de Salud.

Este protocolo establece la privacidad y confidencialidad de la identidad de la mujer, la elección de estar sola o acompañada durante la intervención, la no discriminación y estigmatización y el respeto a su origen. En cuanto a derechos de proveedores de salud, éstos no pueden ser discriminados o procesados por efectuar el aborto, y su identidad es confidencial.

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