Friday, September 27, 2019

Video Ministro de Defensa evalua los Incendios Forestales en la Chiquitania

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3934 - Se designa MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3934
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI – DESP. – Nro. 429/19, de 18 de junio de 2019, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial los días 19 y 20 de junio de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – República Argentina, a objeto de participar el día 19 de junio del presente año, en las conversaciones que se viene llevando a cabo con la empresa South American Silver Limited, respecto al Laudo de 22 de noviembre de 2018, que otorgó la victoria a Bolivia en el arbitraje internacional de inversiones caso CPA Nro. 2013 – 15: South American Silver Limited contra el Estado Plurinacional de Bolivia, que se llevará a cabo en instalaciones de la Embajada de Bolivia en ese país, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, mientras dure la ausencia del titular.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3933 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, al ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3933
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 13 de junio de 2019, se emitió el Decreto Presidencial Nº 3930, de 13 de junio de 2019, a través del cual se designó Ministro Interino de Trabajo, Empleo y Previsión Social al ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, en razón al viaje en misión oficial que realizó el ciudadano Milton Gómez Mamani, en su calidad de Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, del 15 al 19 de junio de 2019, a la ciudad de Ginebra – Confederación Suiza.
Que por nota CITE: D.M.T.E.P.S. – Of. 00720/19, de 18 de junio de 2019, el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, como Ministro Interino de Trabajo, Empleo y Previsión Social, solicita la modificación del Decreto Presidencial Nº 3930, de 13 de junio de 2019, designando como Ministro Interino de Trabajo, Empleo y Previsión Social para el día 19 de junio de 2019 al ciudadano Oscar Coca Antezana, Ministro de Obras Públicas Servicios y vivienda, en razón a que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, en su calidad de Ministro de Justicia y Transparencia Institucional se ausentará del país en misión oficial del 19 al 20 de junio del presente año, a objeto de participar en las conversaciones que se viene llevando con la empresa South American Silver Limited, respecto al Laudo de 22 de noviembre de 2018, en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina. 
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I.            Se modifica el Artículo Único del Decreto Presidencial Nº 3930, de 13 de junio de 2019, con el siguiente texto:
“       ARTÍCULO ÚNICO.-
I.       Desígnese MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, al ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, del 15 al 18 de junio de 2019.
II.      Desígnese MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, al ciudadano Oscar Coca Antezana, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, del 19 de junio de 2019, hasta el retorno del titular.”
II.          El resto del contenido del Decreto Presidencial Nº 3930, de 13 de junio de 2019, se mantiene firme y subsistente.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de  La Paz, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

MINEDU - Certificación Del Certificado de Estudio Alumno Regular

Última actualización: 28/5/2018
Información actualizada por: MINEDU - Ministerio de Educación de Bolivia
Este trámite depende de: Unidad de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional
Horarios de atención tramite: 7:30 - 17:00
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Procesar la certificación del Certificado de Estudio Alumno Regular mediante verificación de la rúbrica en el mismo, controlando que correspondan a la autoridad legalmente establecida mediante resoluciones pertinentes

¿Qué requisitos se necesitan?


Fotocopia de Cédula de Identidad.
Certificación acreditada del original de Certificado de Estudio Alumno Regular en sobre plástico.
Fotocopia legalizada del Certificado de Estudio Alumno Regular en blanco y negro (por la Dirección Departamental de Educación correspondiente, con firmas actuales de las autoridades).
Realizar el pago por derecho de trámite en caja del Ministerio de Educación o Banco Unión S.A.

¿Cúanto cuesta el trámite?

Forma de pago: Efectivo

Monto: 20 BS

Por concepto de: Certificación Del Certificado de Estudio Alumno Regular


¿Cómo se realiza este trámite?


1. Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicitar la legalización o certificación (según corresponda).

2. Recibir en ventanilla de informaciones un ticket y, según la numeración correlativa, dirigirse a la ventanilla de legalizaciones y presentar los requisitos.

3. Una vez revisados los documentos en ventanilla de legalizaciones, el usuario deberá dirigirse a ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).

4. Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanilla de legalizaciones.

5. En ventanilla de legalizaciones se le proporcionará la contraseña del trámite y, luego de 24 horas, podrá recoger el documento legalizado o certificado (si el trámite es realizado en el Ministerio de Educación).

NOTA. El tiempo de duración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales (Direcciones Departamentales de Educación – DDE) es de 5 días hábiles.

6. La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la Cédula de Identidad.

NOTA. El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del Certificado de Matrimonio.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del esposo o esposa (según corresponda).

Hermanos:

1. Fotocopia de Cédula de Identidad del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del hermano o hermana (según corresponda).

Padres:

1. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del padre o madre (según corresponda).

Hijos:

1. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del interesado.

2. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del hijo o hija (según corresponda).

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original.

2. Fotocopia de cédula de extranjero.

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad.

¿Dónde puedo realizar el trámite?


La Paz: Ministerio de Educación La Paz, Av. Arce No. 2147
Teléfonos:
Cochabamba: Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, Ecuador No. 442 Entre 25 de Mayo y San Martin
Teléfonos:
Santa Cruz: Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, C. La Paz, No. 766 Entre Gral. Saavedra y Moldes
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Beni - Trinidad Av. Esteban Ribera Esq. Av. David Shriqui,
Teléfonos:
Chuquisaca: Dirección Departamental de Educación de Chuquisac, Av. del Maestro No. 345, Lado ESFM Mariscal Sucre
Teléfonos:
Potosí: Dirección Departamental de Educación de Potosi, Calle Final América s/n, complejo educativo
Teléfonos:
Tarija: Dirección Departamental de Educación de Tarija, Av. Victor Paz Estenssoro, Esq. Mendez No. 260
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Pando, Cobija Av. 9 de Febrero
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Oruro, Calle Sucre Nº 577 entre Soria Galvarro y 6 de Octubre
Teléfonos:


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 24 horas
Marco Legal:

Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002

Información del trámite: Línea Gratuita: 800-10-0050 WhatsApp: 71555592 Correo Electrónico: informacion@minedu.gob.bo Chat en línea: http://chat.minedu.gob.bo/

MINEDU - Certificación Plan de Estudios de Institutos

Última actualización: 28/5/2018
Información actualizada por: MINEDU - Ministerio de Educación de Bolivia
Este trámite depende de: Unidad de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional
Horarios de atención tramite: 7:30 - 17:00
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Procesar la Certificación de Plan de Estudios de Institutos mediante la verificación de la rúbrica del Director Departamental de Educación pertinente en los mismos, verificando con listas de firmas autorizadas de autoridades en ejercicio

¿Qué requisitos se necesitan?


1 Programas analíticos legalizados por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

2 Carga horaria legalizada por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

3 Certificado de egreso legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

4 Certificado de notas legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

5 Plan de estudios legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

6 Certificado de examen de grado legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

7 Otros documentos académicos legalizados por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) para viajes al exterior (si corresponde)

a) Comprobante de pago del arancel por derecho de trámite en caja del Ministerio de Educación

b) Fotocopia de Cédula de Identidad

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Efectivo

Monto: 50 BS

Por concepto de: Certificación De Plan de Estudios de Institutos


¿Cómo se realiza este trámite?


1. Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicita rla legalización o certificación (según corresponda).

2. Recibir en ventanilla de informaciones un ticket y, según la numeración correlativa, dirigirse a la ventanilla de legalizaciones y presentar los requisitos.

3. Una vez revisados los documentos en ventanilla de legalizaciones, el usuario deberá dirigirse a ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).

4. Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanilla de legalizaciones.

5. En ventanilla de legalizaciones se le proporcionará la contraseña del trámite y, luego de 24 horas, podrá recoger el documento legalizado o certificado (si el trámite es realizado en el Ministerio de Educación).

NOTA. El tiempo de duración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales (Direcciones Departamentales de Educación – DDE) es de 5 días hábiles.

6. La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la Cédula de Identidad.

NOTA. El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del certificado de matrimonio.

2. Fotocopia de cédula de identidad del esposo o esposa (según corresponda).

Hermanos:

1. Fotocopia de Cédula de Identidad del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del hermano o hermana (según corresponda).

Padres:

1. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del padre o madre (según corresponda).

Hijos:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia del certificado de nacimiento del hijo o hija (según corresponda).

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original.

2. Fotocopia de cédula de extranjero.

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad.
¿Dónde puedo realizar el trámite?

La Paz: Ministerio de Educación La Paz, Av. Arce No. 2147
Teléfonos:
Cochabamba: Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, Ecuador No. 442 Entre 25 de Mayo y San Martin
Teléfonos:
Santa Cruz: Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, C. La Paz, No. 766 Entre Gral. Saavedra y Moldes
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Beni - Trinidad Av. Esteban Ribera Esq. Av. David Shriqui,
Teléfonos:
Chuquisaca: Dirección Departamental de Educación de Chuquisac, Av. del Maestro No. 345, Lado ESFM Mariscal Sucre
Teléfonos:
Potosí: Dirección Departamental de Educación de Potosi, Calle Final América s/n, complejo educativo
Teléfonos:
Tarija: Dirección Departamental de Educación de Tarija, Av. Victor Paz Estenssoro, Esq. Mendez No. 260
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Pando, Cobija Av. 9 de Febrero
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Oruro, Calle Sucre Nº 577 entre Soria Galvarro y 6 de Octubre
Teléfonos:


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 24 horas
Marco Legal:

Ley de la Educación Avelino Siñani – Elizardo Pérez N° 070/2010 del 20 de diciembre de 2010
Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002

Información del trámite: Línea Gratuita: 800-10-0050 WhatsApp: 71555592 Correo Electrónico: informacion@minedu.gob.bo Chat en línea: http://chat.minedu.gob.bo/

Thursday, September 26, 2019

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3932 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE COMUNICACIÓN, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes,

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3932
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano José Manuel Canelas Jaime, Ministro de Comunicación, mediante nota MC/DESP-DGAJ-GA-NE Nº 0509/2019, de 18 de junio de 2019, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 19 al 21 de junio del presente año, a la Ciudad de México – Estados Unidos Mexicanos, a objeto de participar del Seminario “Pensar el Mundo y sus Transformaciones”, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE COMUNICACIÓN, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3931 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, al ciudadano Rafael Alarcón Orihuela, Ministro de Energías

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3931
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia, mediante nota MMM-DS-782-DJ-202/2019, de 13 de junio de 2019, presentada el 18 de junio de 2019, comunica que se ausentará del país en misión oficial el 19 y 20 de junio del presente año, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, a objeto de participar de la reunión con los demandantes del arbitraje internacional de inversiones del Caso CPA Nº 2013-15: South American Silver Limited contra el Estado Plurinacional de Bolivia, prevista para el día miércoles 19 de junio de 2019, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, al ciudadano Rafael Alarcón Orihuela, Ministro de Energías, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

MTEPS - Sindicales: Autorización de Desembolso de la Cuenta de Multas, Atrasos y Otras Sanciones Disciplinarias

Última actualización: 12/2/2018
Información actualizada por: MTEPS - Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
Este trámite depende de: DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS SINDICALES
Horarios de atención tramite: El trámite es en linea
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

AUTORIZAR A QUE UNA ORGANIZACION SINDICAL PUEDA SOLICITAR Y UTILIZAR LOS RECURSO POR CONCEPTO DE DESCUENTOS, MULTAS, ATRASOS Y OTRAS SANCIONES DISCIPLINARIAS.

¿Qué requisitos se necesitan?


si se tratase de un primer desembolso el mismo debe ser aclarado en la nota de solicitud, de lo contrario
fotocopia simple de la resolucion suprema de reconocimiento de personería jurídica, aprobacón de estatuto orgánico y/o reglamento interno de la organización sindical solicitante
fotocopia del acta de asamblea de autorizacion al directorio de realizacion del gasto, especificando el objeto y el monto para el cual estan destinados los fondos, legalizada.
nota de solicitud de autorizacion de desembolso de la cuenta multas, atrasos y otras sanciones disciplinarias, dirigida a la mae.
nomina de trabajadoreas y trabajadores a ser beneficiados
presupuesto del gasto adjuntando tres cotizaciones originales
certificación de la empresa o institución del monto acumulado a la fecha de la emisión de la misma por el concepto de la cuenta multas, atrasos y otras sanciones disciplinarias
copia de la resolucion de reconocimiento de directorio

Este trámite no tiene costo

¿Cómo se realiza este trámite?
¿Dónde puedo realizar el trámite?


Chuquisaca: Calle Porvenir s/n
Teléfonos: 46473182 - 46472190
Chuquisaca: Av. Jaime Mendoza # 2510
Teléfonos: 46461003
La Paz: Calle A, Nro.100 Entre Alfredo Sanginez y Diego de Ocaña, Zona Ciudad Satelite (parada CH)
Teléfonos: 2829553 - 2825820
La Paz: Calle Yanacocha, esquina Mercado S/N
Teléfonos: 22408606 - 22409245
Cochabamba: En los ambientes de la Ex - USAID, Av. Cochabamba, S/N, a tres cuadras de la carretera
Teléfonos: 67346747
Cochabamba: Calle Aniceto Arce Nº 828 esq. Pasaje Mejía
Teléfonos: 44589455 - 44589450
Oruro: Calle Petot y Murguia Nro 1795
Teléfonos: 5257329
Potosí: Calle Oruro Nº 132, entre Independencia y 20 de Mayo
Teléfonos: 25965725
Potosí: Calle Cochabamba, Nro 59. (entre calle florida y chuquisaca)
Teléfonos: 46945827
Potosí: Avenida Ferroviaria s/n entré calles Abaroa y Bolívar
Teléfonos: 26932477
Potosí: Calle Fortunato Gumiel Nº 46 lado Asamblea Departamental
Teléfonos: 46226114 - 46223891
Potosí: Calle Bustillo No1 esq. Camacho, Ex oficina del Registro Civil, Campamento 6B Siglo XX
Teléfonos: 25828811
Tarija: Avenida Ingavi entre Mendez arcos y Sbtte. Barraux
Teléfonos: 46728721
Tarija: Calle Delgadillo entre Calle 15 de Abril y Virginio Lema
Teléfonos: 46643178 - 46658577
Tarija: Calle Mariscal Santa Cruz entre Calle Argentina y Beni
Teléfonos: 46962816
Tarija: Calle Sucre entre Avenida Libertadores y Calle Beni, Barrio Los Lapachos
Teléfonos: 46825918
Santa Cruz: Delmira Cuellar Nro. 507
Teléfonos: 76069004
Santa Cruz: Avenida 6 de Agosto y Calle Vanguardia s/n
Teléfonos: 67347696
Santa Cruz: Calle Quijarro No. 72, entre Calles Sucre y Bolivar
Teléfonos: 33343199 - 33343906
Santa Cruz: Avenida Kenedy, pasillo el Ensueño (detras del Palacio de Justicia) S/N
Teléfonos: 39226264
Santa Cruz: Calle Tcnl. Sánchez s/n esq. Manchego
Teléfonos: 33139257
Beni: calle Teniente Luis Cespedes esq. Rene Ibañez Nº 235
Teléfonos: 4628868
Beni: Calle Julio Vieira Nro. 551, zona central entre calle Beni y Av. General Federico Roman
Teléfonos: 38554997
Beni: Av. José Ballivián Nº 757
Teléfonos: 38524086
Pando: C. Columna Porvenir casi Av. 9 de febrero, frende a SEDCAM
Teléfonos: 38420262 - 38421117


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 24 dias
Marco Legal:

resolucion ministerial 832 del 14 de septiembre de 2016

Puede realizar este trámite en línea: http://www.mintrabajo.gob.bo/Principal.asp

Información del trámite: http://www.mintrabajo.gob.bo/Principal.asp

Tuesday, September 24, 2019

Video Ministro Manuel Canelas habla de los Incendios y habla mal de Carlos D Mesa

Video Ministra Gabriela Montaño habla sobre el Subsector Publico y como levantaron el Paro

Video Ministra de Salud habla del acuerdo con los directores de los hospitales

Video Ministro Manuel Canelas nos explica por que no se puede declarar Desastre Nacional

Video Ministro de Defensa explica como se esta apagando el Fuego en la Chiquitania

Video Canciller Diego Pary explica la ayuda que se recibio para apagar el Fuego de la Chiquitania

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3930 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISION SOCIAL, al ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3930
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Milton Gómez Mamani, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante nota CITE: D.M.T.E.P.S.- Of. 00689/19, de 10 de junio  de 2019, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 15 al 19 de junio de 2019, a la ciudad de Ginebra – Confederación Suiza, a objeto de participar en la “108º Conferencia Internacional del Trabajo” que se llevará a cabo del 10 al 21 de junio del presente, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISION SOCIAL, al ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz,  a los trece días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3929 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3929
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-204/2019, de 12 de junio de 2019, presentada el 13 de junio del año en curso, comunica que se ausentará del país en misión oficial el día 14 de junio de 2019, a la ciudad de Panamá – República de Panamá, a objeto de asistir a la XXXV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano y Caribeño y brindar una Conferencia Magistral sobre “Educación y Comunidades ancestrales: su papel en el Desarrollo y la Integración de América y el Caribe”, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

Ministerio de Educación de Bolivia - Certificación Plan de Estudios con Carga Horaria

Última actualización: 28/5/2018
Información actualizada por: MINEDU - Ministerio de Educación de Bolivia
Este trámite depende de: Unidad de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional
Horarios de atención tramite: 7:30 - 17:00
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Procesar la Certificación del Plan de Estudios con Carga Horaria mediante la verificación de la rúbrica del Director Departamental de Educación pertinente en los mismos, contrastando con listas de firmas autorizadas de autoridades en ejercicio

¿Qué requisitos se necesitan?


1 Programas analíticos legalizados por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

2 Carga horaria legalizada por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

3 Certificado de egreso legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

4 Certificado de notas legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

5 Plan de estudios legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

6 Certificado de examen de grado legalizado por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) (si corresponde)

7 Otros documentos académicos legalizados por las Direcciones Departamentales de Educación (DDE) para viajes al exterior (si corresponde)

a) Comprobante de pago del arancel por derecho de trámite en caja del Ministerio de Educación

b) Fotocopia de Cédula de Identidad

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Efectivo

Monto: 150 BS

Por concepto de: Certificación Certificación Plan de Estudios con Carga Horaria


¿Cómo se realiza este trámite?


1. Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicitar la legalización o certificación (según corresponda).

2. Recibir en ventanilla de informaciones un ticket y, según la numeración correlativa, dirigirse a la ventanilla de legalizaciones y presentar los requisitos.

3. Una vez revisados los documentos en ventanilla de legalizaciones, el usuario deberá dirigirse a ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).

4. Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanilla de legalizaciones.

5. En ventanilla de legalizaciones se le proporcionará la contraseña del trámite y, luego de 24 horas, podrá recoger el documento legalizado o certificado (si el trámite es realizado en el Ministerio de Educación).

NOTA. El tiempo de duración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales (Direcciones Departamentales de Educación – DDE) es de 5 días hábiles.

6. La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la Cédula de Identidad.

NOTA. El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del certificado de matrimonio.

2. Fotocopia de cédula de identidad del esposo o esposa (según corresponda).

Hermanos:

1. Fotocopia de Cédula de Identidad del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del hermano o hermana (según corresponda).

Padres:

1. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del padre o madre (según corresponda).

Hijos:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia del certificado de nacimiento del hijo o hija (según corresponda).

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original.

2. Fotocopia de cédula de extranjero.

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad.

¿Dónde puedo realizar el trámite?


La Paz: Ministerio de Educación La Paz, Av. Arce No. 2147
Teléfonos:
Cochabamba: Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, Ecuador No. 442 Entre 25 de Mayo y San Martin
Teléfonos:
Santa Cruz: Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, C. La Paz, No. 766 Entre Gral. Saavedra y Moldes
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Beni - Trinidad Av. Esteban Ribera Esq. Av. David Shriqui,
Teléfonos:
Chuquisaca: Dirección Departamental de Educación de Chuquisac, Av. del Maestro No. 345, Lado ESFM Mariscal Sucre
Teléfonos:
Potosí: Dirección Departamental de Educación de Potosi, Calle Final América s/n, complejo educativo
Teléfonos:
Tarija: Dirección Departamental de Educación de Tarija, Av. Victor Paz Estenssoro, Esq. Mendez No. 260
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Pando, Cobija Av. 9 de Febrero
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Oruro, Calle Sucre Nº 577 entre Soria Galvarro y 6 de Octubre
Teléfonos:

Más información del trámite

Tiempo promedio para realizar el trámite: 24 horas
Marco Legal:

Ley de la Educación Avelino Siñani – Elizardo Pérez N° 070/2010 del 20 de diciembre de 2010
Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002

Información del trámite: Línea Gratuita: 800-10-0050 WhatsApp: 71555592 Correo Electrónico: informacion@minedu.gob.bo Chat en línea: http://chat.minedu.gob.bo/

Ministerio de Educación de Bolivia - Certificación Del Certificado de Vencimiento de Plan de Estudios

Última actualización: 27/5/2018
Información actualizada por: MINEDU - Ministerio de Educación de Bolivia
Este trámite depende de: Unidad de Recursos Humanos y Desarrollo Organizaciónal - Equipo de Memoria Institucional
Horarios de atención tramite: 7:30 - 17:00
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Procesar la Certificación del Certificado de Vencimiento de Plan de Estudios

¿Qué requisitos se necesitan?


a) Certificación del Certificado de Vencimiento y otros documentos emitidos por el Ministerio de Educación

1. Fotocopia de Cédula de Identidad.

2. Presentar en sobre manila el Título Profesional original y la Resolución Ministerial del Título Profesional original debidamente rotulado (nombre completo, Cédula de Identidad y teléfono de referencia).

3. Fotocopia del Título Profesional a legalizar en blanco y negro.

4. Boleta de pago por concepto de legalización.

b) Documentos académicos emitidos por instituciones externas al Ministerio de Educación (universidades privadas)

1. Los documentos académicos originales a legalizar deben llevar la firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a,Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales.

2. Los documentos académicos en fotocopias legalizadas deben llevar firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales. No se legaliza documentos que sean fotocopias simples, escaneados o a colores.

3. Boleta de pago por concepto de legalización.

4. Presentar en un sobre manila los documentos académicos debidamente rotulado (nombre completo, Cédula de Identidad y teléfono de referencia).

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Efectivo

Monto: 50 BS

Por concepto de: Certificación Arancel de la Certificación del Certificado de Vencimiento de Plan de Estudios


¿Cómo se realiza este trámite?


Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicitar la legalización o certificación (según corresponda).
Recibe de ventanilla de informaciones un ticket y, según la numeración correlativa, se dirige a la ventanilla de legalizaciones y presenta los requisitos.
Una vez revisados los documentos en la ventanilla de legalizaciones, el usuario debe dirigirse a la ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).
Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanilla de legalizaciones.
En ventanilla de legalizaciones, se le proporciona la contraseña del trámite y volver dentro de 24 horas para recoger el documento legalizado o certificado (según corresponda) (El tiempo de duración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales es de 5 días hábiles).
La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la Cédula de Identidad.

NOTA.-

El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del certificado de matrimonio

2. Fotocopia de cédula de identidad del esposo(a)

Hermanos:

1. Fotocopia de Cédula de Identidad del interesado

2. Fotocopia de cédula de identidad del hermano(a)

Padres:

1 .Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado

2 .Fotocopia de cédula de Identidad del padre o madre (según corresponda)

Hijos:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado

2. Fotocopia del certificado de nacimiento del hijo(a)

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original

2. Fotocopia de cédula de extranjero

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada

2. Fotocopia de Cédula de Identidad

¿Dónde puedo realizar el trámite?


La Paz: Ministerio de Educación La Paz, Av. Arce No. 2147
Teléfonos:
Cochabamba: Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, Ecuador No. 442 Entre 25 de Mayo y San Martin
Teléfonos:
Santa Cruz: Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, C. La Paz, No. 766 Entre Gral. Saavedra y Moldes
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Beni - Trinidad Av. Esteban Ribera Esq. Av. David Shriqui,
Teléfonos:
Chuquisaca: Dirección Departamental de Educación de Chuquisac, Av. del Maestro No. 345, Lado ESFM Mariscal Sucre
Teléfonos:
Potosí: Dirección Departamental de Educación de Potosi, Calle Final América s/n, complejo educativo
Teléfonos:
Tarija: Dirección Departamental de Educación de Tarija, Av. Victor Paz Estenssoro, Esq. Mendez No. 260
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Pando, Cobija Av. 9 de Febrero
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Oruro, Calle Sucre Nº 577 entre Soria Galvarro y 6 de Octubre
Teléfonos:

Más información del trámite

Tiempo promedio para realizar el trámite: 24 horas
Marco Legal:

Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa NB/SOA
Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002

Información del trámite: Línea Gratuita: 800-10-0050 WhatsApp: 71555592 Correo Electrónico: informacion@minedu.gob.bo Chat en línea: http://chat.minedu.gob.bo/

Saturday, September 21, 2019

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3926 - Se designa MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3926
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH – 02721 DESP - 0570, de 05 de junio de 2019, presentada el 06 de junio del año en curso, comunicó que se ausentará del país en misión oficial los días 05 y 06 de junio de 2019, a la ciudad de Asunción - República del Paraguay, a objeto de asistir a las reuniones con la Cancillería, Ministro de Energía, Presidente de PETROPAR y Presidente de ANDE, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Ramón Quintana Taborga.

Thursday, September 19, 2019

Video El Ministro de Defensa explica sobre los focos de Calor en la Chiquitania

Video Ministra Gabriela Montaño muestra las veces que invito al Colegio Medico a dialogar

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3923 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3923
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-183/2019, de 24 de mayo de 2019, presentada el 31 de mayo de 2019, comunica que se ausentará del país en misión oficial el 01 de junio de 2019, a la ciudad de San Salvador – República de El Salvador, a objeto de asistir a los actos oficiales para la transmisión de mando presidencial del citado país, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

Wednesday, September 18, 2019

Video Ministro Manuel Canelas explica por que no se declarara Desastre Nacional

Video Ministro Juan Quintana habla de 3 personas que fueron atrapadas incendiando

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3922 - Se designa MINISTRO INTERINO DE SALUD, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3922
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana Lilly Gabriela Montaño Viaña, Ministra de Salud, mediante nota MS/RRII/CE/124/2019, de 28 de mayo de 2019, presentada en fecha 29 de mayo de la presente gestión, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 03 al 07 de junio de 2019, a la ciudad de Vancouver – Canadá, a objeto de participar como panelista en el evento paralelo de alto nivel que la Organización Panamericana de Salud (OPS) a través del Proyecto de Sistemas Integrados de Salud en América Latina y el Caribe (IHSLAC), organizará durante la Conferencia Women Deliver 2019, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE SALUD, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, mientras dure la ausencia de la titular.
Es  dado  en  la Casa Grande del Pueblo de  la  ciudad  de  La Paz, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3921 - Se designa MINISTRA INTERINA DE LA PRESIDENCIA, a la ciudadana Wilma Alanoca Mamani, Ministra de Culturas y Turismo

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3921
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Juan Ramón Quintana Taborga, Ministro de la Presidencia, mediante nota MPR-DESP-DGAJ-UGJ-NE Nº 028/2019, de 27 de mayo de 2019, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 02 al 07 de junio de 2019, a la ciudad de Moscú – Federación de Rusia, a objeto de conformar la comisión de avanzada para coordinar los preparativos y la agenda de la visita oficial que el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, realizará a dicho país.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRA INTERINA DE LA PRESIDENCIA, a la ciudadana Wilma Alanoca Mamani, Ministra de Culturas y Turismo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

Sunday, September 15, 2019

Ministerio de Educación de Bolivia - Certificación Del Plan de Estudios

Última actualización: 28/5/2018
Información actualizada por: MINEDU - Ministerio de Educación de Bolivia
Este trámite depende de: Unidad de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional
Horarios de atención tramite: 7:30 - 17:00
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Procesar la Certificación del Plan de Estudios

¿Qué requisitos se necesitan?


a) Certificación del Plan de Estudios y otros documentos emitidos por el Ministerio de Educación

1. Fotocopia de cédula de identidad

2. Presentar en sobre manila el Título Profesional original y la Resolución Ministerial del Título Profesional original debidamente rotulado (nombre completo, cédula de identidad y teléfono de referencia)

3. Fotocopia del Título Profesional a legalizar en blanco y negro

4. Boleta de pago por concepto de legalización

b) Documentos académicos emitidos por instituciones externas al Ministerio de Educación (universidades privadas)

1. Los documentos académicos originales a legalizar deben llevar la firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales

2. Los documentos académicos en fotocopias legalizadas deben llevar firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales. No se legaliza documentos que sean fotocopias simples, escaneados o a colores

3. Boleta de pago por concepto de legalización

4. Presentar en un sobre manila los documentos académicos debidamente rotulado (nombre completo, cédula de identidad y teléfono de referencia)
¿Cúanto cuesta el trámite?

Forma de pago: Efectivo

Monto: 50 BS

Por concepto de: Certificación De Plan de Estudios


¿Cómo se realiza este trámite?


1. Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicitar la legalización o certificación (según corresponda).

2. Recibir en ventanilla de informaciones un ticket y, según la numeración correlativa, dirigirse a la ventanilla de legalizaciones y presentar los requisitos.

3. Una vez revisados los documentos en ventanilla de legalizaciones, el usuario deberá dirigirse a ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).

4. Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanillade legalizaciones.

5. En ventanilla de legalizaciones se le proporcionará la contraseña del trámite y, luego de 24 horas, podrá recoger el documento legalizado o certificado (si el trámite es realizado en el Ministerio de Educación).

NOTA. El tiempo deduración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales (Direcciones Departamentales de Educación – DDE) es de 5 días hábiles.

6. La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la Cédula de Identidad.

NOTA. El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del certificado de matrimonio.

2. Fotocopia de cédula de identidad del esposo o esposa (según corresponda).

Hermanos:

1. Fotocopia de Cédula de Identidad del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del hermano o hermana (según corresponda).

Padres:

1. Fotocopia del Certificado de Nacimiento del interesado.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del padre o madre (según corresponda).

Hijos:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia del certificado de nacimiento del hijo o hija (según corresponda).

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original.

2. Fotocopia de cédula de extranjero.

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad.
¿Dónde puedo realizar el trámite?

La Paz: Ministerio de Educación La Paz, Av. Arce No. 2147
Teléfonos:
Cochabamba: Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, Ecuador No. 442 Entre 25 de Mayo y San Martin
Teléfonos:
Santa Cruz: Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz, C. La Paz, No. 766 Entre Gral. Saavedra y Moldes
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Beni - Trinidad Av. Esteban Ribera Esq. Av. David Shriqui,
Teléfonos:
Chuquisaca: Dirección Departamental de Educación de Chuquisac, Av. del Maestro No. 345, Lado ESFM Mariscal Sucre
Teléfonos:
Potosí: Dirección Departamental de Educación de Potosi, Calle Final América s/n, complejo educativo
Teléfonos:
Tarija: Dirección Departamental de Educación de Tarija, Av. Victor Paz Estenssoro, Esq. Mendez No. 260
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Educación Pando, Cobija Av. 9 de Febrero
Teléfonos:
: Dirección Departamental de Oruro, Calle Sucre Nº 577 entre Soria Galvarro y 6 de Octubre
Teléfonos:


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 24 horas
Marco Legal:

Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa NB/SOA
Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002

Información del trámite: Línea Gratuita: 800-10-0050 WhatsApp: 71555592 Correo Electrónico: informacion@minedu.gob.bo Chat en línea: http://chat.minedu.gob.bo/

Saturday, September 14, 2019

DECRETO SUPREMO N° 3917 - Autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, incrementar las subpartidas de Auditorías Externas y Consultorías por Producto

DECRETO SUPREMO N° 3917
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1858, de 8 de enero de 2014, señala que la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, es una institución pública técnica y operativa, con independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, bajo dependencia del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y dependencia funcional del Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA” requiere realizar auditorías externas a los proyectos “Apoyo a la Producción de Papa en Siembras de Invierno y Temprana a Nivel Nacional”, “Fortal. la Producción de Manzana y Durazno en los Municipios de Luribay, Sapahaqui y Licoma. Depto. La Paz” e “Implem. Programa Desarrollo Sostenible de la Ganadería Bovina en Bolivia”; contar con el estudio de diseño técnico de pre inversión del proyecto “Const. y Equipamiento de la Planta de Producción de Abonos Orgánicos en el Municipio de Caranavi, La Paz”; y capacitar y asistir técnicamente a los beneficiarios del proyecto “Mej. de la Producción Lechera en el Municipio de Guayaramerin, en el departamento de Beni”; y el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras precisa efectuar el pago a sumariantes externos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, incrementar las subpartidas de Auditorías Externas y Consultorías por Producto a través de traspasos presupuestarios intrainstitucionales.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, incrementar en la gestión 2019, mediante traspasos presupuestarios intrainstitucionales, las siguientes subpartidas:
a) 25230 “Auditorías Externas” en Bs478.161.- (CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y UNO 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro General de la Nación”, afectando la partida 25900 “Servicios Manuales”, para la ejecución de Auditorías Externas de los proyectos “Implem. Programa Desarrollo Sostenible de la Ganadería Bovina en Bolivia”, “Apoyo a la Producción de Papa en Siembras de Invierno y Temprana a Nivel Nacional” y “Fortal. la Producción de Manzana y Durazno en los Municipios de Luribay, Sapahaqui y Licoma. Depto. La Paz”.
b) 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado” en Bs109.500.- (CIENTO NUEVE MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro General de la Nación”, afectando la partida 25900 “Servicios Manuales”, para el estudio de diseño técnico de pre inversión del proyecto “Const. y Equipamiento de la Planta de Producción de Abonos Orgánicos en el Municipio de Caranavi, La Paz”.
c) 25810 “Consultorías por Producto” en Bs182.645.- (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente 41 “Transferencias T.G.N.” y organismo 119 “Tesoro General de la Nación - Impuesto Directo a los Hidrocarburos”, afectando la partida 25900 “Servicios Manuales”, para la ejecución de los componentes de asistencia técnica y/o capacitación, supervisión y servicio de inseminación artificial en el marco del proyecto “Mej. de la Producción Lechera en el Municipio de Guayaramerin, en el departamento de Beni”.
d) 25210 “Consultorías por Producto” en Bs12.000.- (DOCE MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro General de la Nación”, afectando la partida 26990 “Otros”, para el pago de sumariantes externos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Rural y Tierras, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Milton Gómez Mamani MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE HIDROCARBUROS.

Friday, September 13, 2019

DECRETO SUPREMO N° 3916 - Autorizar la transferencia de recursos y el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea a favor del Ministerio de Culturas y Turismo

DECRETO SUPREMO N° 3916
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 3 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado, determina que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la ley, el reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como patrimonio histórico y humano la diversidad plurinacional. 
Que el Parágrafo II del Artículo 99 del Texto Constitucional, establece que el Estado garantizará el registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento, promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la ley.
Que el Artículo 101 de la Constitución Política del Estado, señala que las manifestaciones del arte y las industrias populares, en su componente intangible, gozarán de especial protección del Estado. Asimismo, disfrutarán de esta protección los sitios y actividades declarados patrimonio cultural de la humanidad, en su componente tangible e intangible.
Que el numeral 25 del Parágrafo II del Artículo 298 del Texto Constitucional, dispone que es competencia exclusiva del nivel central del Estado, la promoción de la cultura y conservación del patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible de interés del nivel central del Estado.
Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, establece que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación – TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, dispone que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el Parágrafo I del Artículo 15 del Decreto Supremo Nº 3766, señala que la definición de las remuneraciones de los consultores individuales de línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Visto Bueno (Vo.Bo.) de la Máxima Autoridad Ejecutiva – MAE.
Que en la 38° Sesión del Comité de Patrimonio Mundial, celebrada en Doha-Qatar, en junio de 2014, se declaró como Patrimonio Mundial al Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino, una extensa red de caminos andinos que tuvo como objetivo articular los diversos pueblos del Tawantinsuyu, para una eficiente administración de los recursos existentes a lo largo del territorio, llegando a conectar y comunicar los diversos territorios y sus particulares desarrollos, de lo que hoy son los países de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú.
Que en la ciudad de Cusco Perú los días 24 y 25 de marzo de 2015, en reunión técnica del Qhapaq Ñan, las delegaciones presentes definieron el Sistema de Gestión del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino y comprometen realizar todos los esfuerzos necesarios para su puesta en marcha, designando una Secretaría Pro Tempore rotativa en el seno del Comité Internacional, correspondiendo asumir dicha obligación a partir de junio de 2019 a junio de 2021 al Estado Plurinacional de Bolivia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la transferencia de recursos y el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea a favor del Ministerio de Culturas y Turismo, a fin de coadyuvar con las acciones necesarias para presidir la Secretaría Pro Tempore del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino.
ARTÍCULO 2.- (TRANSFERENCIA DE RECURSOS). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, transferir el monto total de Bs1.694.615.- (UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE 00/100 BOLIVIANOS)a favor del Ministerio de Culturas y Turismo para financiar las actividades para el ejercicio de la Secretaria Pro Tempore del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino de junio de 2019 a junio de 2021.
ARTÍCULO 3.- (CONSULTORES INDIVIDUALES DE LÍNEA). Se autoriza al Ministerio de Culturas y Turismo, incrementar la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea” en Bs1.018.305.- (UN MILLÓN DIECIOCHO MIL TRECIENTOS CINCO 00/100 BOLIVIANOS) con recursos provenientes del traspaso presupuestario señalado en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, para contar con el personal necesario que coadyuve con las actividades de coordinación en el marco de la Secretaria Pro Tempore del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino de junio de 2019 a junio de 2021, de acuerdo al siguiente detalle:


Año
2019
2020
2021
TOTAL
Monto en Bolivianos
 317.940  
545.040   155.325   1.018.305  
La señora Ministra de Estado en el Despacho de Culturas y Turismo, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Milton Gómez Mamani MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE HIDROCARBUROS.

Thursday, September 12, 2019

Video La gente enojada increpa al Ministro de Defensa Javier Zavaleta!!!

DECRETO SUPREMO N° 3914 - Autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Universidad Mayor de San Andrés.

DECRETO SUPREMO N° 3914
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, determina que sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, definir el hecho generador de la obligación tributaria; fijar la base imponible y alícuota o el límite máximo y mínimo de la misma; y designar al sujeto pasivo.
Que el numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, establece que sólo la Ley puede otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 617, de 17 de diciembre de 2014, Tratamiento Tributario Aplicable a los Convenios, Acuerdos y Otros Instrumentos Jurídicos Internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia, dispone que las mercancías donadas a entidades públicas directamente desde el exterior o aquellas importadas con recursos provenientes de cooperación financiera no reembolsable o de donación, estarán exentas del pago total de los tributos aduaneros de importación.
Que los Parágrafos II y III del Artículo 4 de la Ley N° 617, señalan que las mercancías señaladas en el Parágrafo I del citado Artículo, podrán ser transferidas a título gratuito, con la exención total del pago de tributos aduaneros de importación y del impuesto a las transacciones, a los destinatarios finales de proyectos y/o programas, entidades públicas, entidades territoriales, descentralizadas o autónomas; organizaciones económico productivas, organizaciones indígenas, campesinas y movimientos sociales, sin fines de lucro; para el cumplimiento de los Parágrafos I y II del mencionado Artículo, las exenciones y las transferencias se autorizarán mediante Decreto Supremo.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 2308, de 25 de marzo de 2015, que reglamenta la Ley N° 617, establece que la autorización de exención del pago de tributos aduaneros a las mercancías donadas en especie, y aquellas adquiridas en el extranjero con recursos provenientes de donación o cooperación no reembolsable, se realizará a través de un Decreto Supremo mensual en el que se consolidarán las solicitudes de exención que sean presentadas por las entidades públicas ejecutoras o beneficiarias de las donaciones hasta el día quince (15) de cada mes. Excepcionalmente, se podrá emitir más de un Decreto Supremo, cuando la exención tributaria tenga carácter de urgencia y requiera atención inmediata.
Que los Ministerios de Desarrollo Rural y Tierras; y de Educación presentaron solicitudes de exención tributaria de importación a la donación de reactivos de diagnóstico de residuos de medicamentos de uso veterinario y un equipo informático y accesorios; cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico - legales establecidos en la normativa vigente. Por lo que es necesario emitir un Decreto Supremo, que autorice la exención del pago total de tributos de importación de las donaciones mencionadas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Universidad Mayor de San Andrés.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL). Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de reactivos de diagnóstico de residuos de medicamentos de uso veterinario, donación realizada por el Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA de Australia, en el marco del Proyecto “INT5154 Mejora de la inocuidad de los alimentos mediante la creación de una red interregional que produce datos científicos utilizando técnicas nucleares e isotópicas”, con Parte de Recepción Nº 211 2019 40633 – AE900108, a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras para el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria – SENASAG.
ARTÍCULO 3.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN A LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS). Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) equipo informático y accesorios, donación realizada por la Universidad de Antwerpen de Bélgica, con Parte de Recepción N° 201 2018 373931 – NLYS18070008 a favor de la Universidad Mayor de San Andrés para su Instituto de Investigaciones Físicas.
Los señores Ministros de Estado, en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado, en la Casa Grande del Pueblo, de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Milton Gómez Mamani MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE HIDROCARBUROS.

Wednesday, September 11, 2019

Video El Canciller Diego Pary nos explica la ayuda que esta llegando para apagar el Incendio

Video Ministro Carlos Romero explica el sistema de SEguridad del BOL 110

Video Ministro de Medio Ambiente explica lo que esta pasando en el Incendio de la Chiquitania

Video Ministro Quintana explica el Gabinete de Emergencia y la lucha contra el Incendio

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3912 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Milton Gómez Mamani,

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3912
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI – DESP. – Nro. 388/19, de 27 de mayo de 2019, presentada en la misma fecha, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 28 al 30 de mayo de 2019, a la ciudad de la Habana – República de Cuba, a objeto de abordar la cooperación en el ámbito jurídico, los acuerdos existentes y la colaboración en materia jurídica entre los gobiernos del Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Cuba. Asimismo, participar del programa organizado por el Secretario del Consejo de Estado y reuniones en la Asamblea Nacional del Poder Popular con la Fiscal General de la República y el Tribunal Supremo Popular y brindar una Conferencia Magistral en el Aula Magna de la Universidad de la Habana, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Milton Gómez Mamani, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3911 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3911
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH – 02510 DESP–0525, de 24 de mayo de 2019, presentada el 27 de mayo de 2019, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 27 al 30 de mayo de 2019, a la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil, a objeto de participar en las reuniones con el presidente de la sociedad PETROBRAS, para poder realizar el seguimiento a la producción de PETROBRAS BOLIVIA, a la inversión de la sociedad PETROBRAS en Bolivia y trabajar en la propuesta de la nominación de Gas Gestión 2019. Asimismo, asistir a la reunión con el Director de la Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles de Brasil, entidad responsable de la ejecución de la política nacional para el sector energético de Petróleo, Gas y Biocombustibles y la regulación de las actividades del sector en Brasil, ello con la finalidad de recabar los requisitos para la conformación de YPFB, como empresa comercializadora de Gas en dicho país. Por otra parte, a la ciudad de Sao Paulo – República Federativa del Brasil, para participar en la reunión con Representantes de COMGAS, compañía de gas de Sao Paulo, considerada como la mayor distribuidora de Gas natural de Brasil, para tratar entre otros temas la propuesta de la demanda de Gas, asistir a reuniones con las diferentes comercializadoras de Gas y sostener Reunión con el señor Miguel Dabdoud – Presidente de la CAINCO, para analizar la propuesta del Proyecto de Biodiesel en Bolivia, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

Tuesday, September 10, 2019

Video El Supertanker ya realizo su primer Sobrevuelo informa el Ministro de Defensa

Video Juan Ramon Quintana habla del SuperTanker y lo vemos en accion

Video El Ministro Juan Ramon Quintana explica lo que esta sucediendo en la Chiquitania

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3910 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3910
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-180/2019, de 24 de mayo de 2019, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 26 al 30 de mayo de 2019, a las ciudades de Lima – República del Perú, para acompañar al Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia a la XIX Cumbre Presidencial Andina, posteriormente participar en Berlín – República Federal de Alemania, de las reuniones “Iniciativa para América Latina y el Caribe”, asimismo,  sostener un encuentro en el Estado de la Ciudad del Vaticano, con el Monseñor Richard Gallagher, Secretario de Estado del Vaticano, así como, participar en Madrid – Reino de España, en una reunión con Josep Borrell Fontelles, Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3909 - Se designa MINISTRA INTERINA DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, a la ciudadana Nélida Sifuentes Cueto

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3909
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Oscar Coca Antezana, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, mediante nota MOPSV/DESP. N°0654/2019, de 21 de mayo de 2019, presentada el 22 de mayo del año en curso, comunica que se ausentará del país en misión oficial el 25 y 26 de mayo de 2019, a la ciudad de Lima – República del Perú, para participar en la “XIX Sesión del Consejo Presidencial Andino por los 50 años de la Comunidad Andina”, razón por la cual solicita se designe Ministra Interina mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRA INTERINA DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, a la ciudadana Nélida Sifuentes Cueto, Ministra de Desarrollo Productivo y Economía Plural, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

Ministerio de Medio Ambiente y Agua - Autorización Previa para la Importación de Sustancias Agotadoras de Ozono (SAO)

Última actualización: 16/3/2018
Información actualizada por: MINMAA - Ministerio de Medio Ambiente y Agua
Este trámite depende de: Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal (VMA) / Comisión Gubernamental del Ozono (CGO)
Horarios de atención tramite: 10:30 - 14:30 - 16:30 - 20:30
Horarios de atención entidad: 11:30 - 15:30 - 16:30 - 20:30

Otorgar la Autorización Previa a toda persona natural, jurídica, publica o privada legalmente establecida antes del embarque de las mercancías para el ingreso de las Sustancias Agotadoras de Ozono (SAO) a territorio nacional en el marco del D.S. N°27421

¿Qué requisitos se necesitan?


Carta de Solicitud de Autorización Previa a la Importación de Sustancia Agotadora deOzono (SAO), dirigida al Coordinador Nacional de la Comisión Gubernamental del Ozono (CGO), indicando: Nombre y Dirección de la Empresa; Sustancia;Cantidad solicitada a Importar; uso y destino de la mercadería; nombre y firma del Representante Legal.
Factura Proforma o Factura Comercial que detalle: Datos del Proveedor y la Empresa como consignataria de la mercadería; Sustancia; Cantidad; Valor de la mercadería.
Fotocopia del Registro de Empresa ante la (CGO) y el FORMULARIO N°1.
Hoja de datos de seguridad de los productos (Hoja de Seguridad de las sustancias) y en caso de Equipos (la Ficha Técnica que especifique la cantidad de la sustancia).
Fotocopia del Informe de inspección del lugar de almacenamiento de la SAO realizado por un Inspector de la (CGO). Caso contrario, presentar una Declaración Voluntaria o Declaración Jurada ante Notario de fe Pública, en la que manifiesta las condiciones de almacenaje acompañado de fotografías.
Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal
Formulario N°2 del RGASAO, debidamente llenado,firmado y sellado por el Representante Legal o Propietario de la Empresa solicitante.

Este trámite no tiene costo

¿Cómo se realiza este trámite?


El solicitante se apersona a oficinas de la Comisión Gubernamental del Ozono (CGO) presentando los requisitos documentarios
Dentro de los 10 días hábiles vuelve a las oficinas de la Comisión Gubernamental del Ozono (CGO) a recoger el Documento de la Autorización Previa para la importación de Sustancias Agotadoras de Ozono (SAO) (en caso de ser aprobado)


NOTA 1

La Autorización Previa tiene una validez de 90 días



NOTA 2

Dirección de la Comisión Gubernamental de Ozono

La Paz, Calle Cañada Strongest N°1878 Piso 2, 2146381- 2146382

¿Dónde puedo realizar el trámite?


La Paz: Av. 14 de septiembre 5397 y calle 8 de la Zona de Obrajes
Teléfonos: 2141138 - 2141124 - 2146382 - 2146385 - 2141929


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 10 dias
Marco Legal:

Compendio de normativas de gestión ambiental de sustancias agotadoras de ozono
D.S. N° 27421, 26 de marzo de 2004, Crea el Sistema de Licencias de Importación y Control de Sustancias Agotadoras del Ozono - SILICSAO
D.S. N° 27562, 9 de junio de 2004, aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de Sustancias Agotadoras del Ozono
Ley N° 1584, 3 de agosto de 1994, aprueba la adhesión a los Convenios sobre la Capa de Ozono
Ley N° 1933, 21 de diciembre de 1998, aprueba y ratifica la adhesión a la Enmienda del protocolo de Montreal Relativo a las sustancias que Agotan la Capa de Ozono de 1987

Información del trámite: www.mmaya.gob.bo

Video Ministro Juan Ramon Quintana explica los sobrevuelos en la Chiquitania

Monday, September 9, 2019

Video Ministro Cesar Cocarico indica que los asentamientos continuaran

Video Ministro de Defensa sobre la emergencia del Incendio en la Chiquitania

Video Ministro de Defensa vs Comite Civico lo que esta pasando en la Chiquitania

Video 20 de Agosto Ministro de Defensa informa sobre el Incendio en la Chiquitania

DECRETO SUPREMO N° 3907 - Autorizar, en la gestión 2019, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto a favor del Ministerio de Salud.

DECRETO SUPREMO N° 3907
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 27 de la Ley Nº 2042, señala que del total de recursos por concepto de aportes para salud, de las entidades de Seguridad Social Públicas, el 5% se debe destinar al Ministerio de Salud y Previsión Social, actual Ministerio de Salud, para financiar Programas Nacionales de Prevención de Enfermedades.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el Ministerio de Salud requiere diseñar e implementar una estrategia nacional de comunicación para el Sistema Único de Salud, a través de la contratación de consultorías por producto.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la gestión 2019, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto a favor del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Salud incrementar, en la gestión 2019, la subpartida 25210 “Consultorías por Producto” en Bs1.000.000.- (UN MILLÓN 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente 20 “Recursos Específicos” y organismo 230 “Otros Recursos Específicos”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la partida 22300 “Fletes y Almacenamiento”, a objeto de diseñar e implementar una estrategia nacional de comunicación para el Sistema Único de Salud.
La señora Ministra de Estado en el Despacho de Salud, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y DE GOBIERNO, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela MINISTRO DE ENERGÍAS E INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE SALUD, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.

Sunday, September 8, 2019

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3905 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, al ciudadano Luis Alberto Arce Catacora

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3905
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo, mediante CITE: MPD/DGAJ/UGJ-NE 0120/2019, de 17 de mayo de 2019, presentada el 20 de mayo del año en curso, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 21 al 26 de mayo de 2019, a la ciudad de Berlín – República Federal de Alemania, a objeto de participar en la “Reunión  de Negociaciones Intergubernamentales entre Bolivia y Alemania”, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, al ciudadano Luis Alberto Arce Catacora, Ministro de Economía y Finanzas Públicas, mientras dure la ausencia de la titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

Saturday, September 7, 2019

Ministerio de Gobierno - Autorización de Uso de Vidrios Especiales para Vehículos Automotores

Última actualización: 18/3/2018
Información actualizada por: MINGOB - Ministerio de Gobierno
Este trámite depende de: Viceministerio de Régimen Interior y Policial - Dirección General de Régimen Interior
Horarios de atención tramite: 10:30 - 14:30 - 16:30 - 20:30
Horarios de atención entidad: 11:30 - 15:30 - 16:30 - 20:30

Autorizar el uso de vidrios especiales para vehículos automotores

¿Qué requisitos se necesitan?


Vehículos Oficiales, Diplomáticos, Consulares y de Organismos Internacionales



1. Carta de solicitud dirigida al Viceministro de Régimen Interior y Policía, suscrita por la autoridad o personero que requiera la autorización.

2. Fotocopia del Documento de Identidad de la autoridad del Estado, del representante diplomático, consular o del organismo internacional, que efectúa la solicitud.

3. Fotocopia del documento que acredite la calidad de autoridad de Estado, representante diplomático, consular o del organismo internacional.

4. Fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad (RUAT) o de la Tarjeta de Propiedad del, vehículo, a nombre de la entidad estatal, representación diplomática, consular u organismo internacional, según corresponda.

5. Fotocopia del Certificado del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito SOAT de la gestión correspondiente.



Vehículos de propiedad de personas particulares



1. Carta de solicitud dirigida al Viceministro de Régimen Interior y Policía, suscrita por el propietario del vehículo de acuerdo al RUAT, justificando las razones por las que requiere y/o necesita la autorización, con documentación respaldatoria.

2. Fotocopia de la Cédula de Identidad del propietario del vehículo y del apoderado legal si corresponde.

3. Fotocopia del Poder otorgado, si corresponde.

4. Fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad (RUAT).

5. Fotocopiadel Certificado del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito SOAT de lagestión correspondiente.

6. Documentación que justifique que se encuentra expuesto a riesgo en su seguridad personal, integridad física u otros.



Vehículos de propiedad de Personas Jurídicas



1. Carta de solicitud dirigida al Viceministro de Régimen Interior y Policía, suscrita por el representante legal de acuerdo apoder otorgado, exponiendo las razones por las que requiere y/o necesita la autorización, justificando debidamente con documentación respaldatoria.

2. Fotocopia de Cédula de Identidad del Representante Legal de la institución.

3. Fotocopia del Poder que lo acredita como representante legal. Fotocopia del Certificado de FUNDEMPRESA.

4. Fotocopia del Certificado del Número de Identificación Tributaria NIT Fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad (RUAT) a nombre de la empresa.

5. Fotocopia del Certificado del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito SOAT, de la gestión correspondiente.



6. Vehículos con Vidrios Especiales Originales de Fábrica

1. Carta de solicitud dirigida al Viceministro de Régimen Interior y Policía, suscrita por el propietario del vehículo de acuerdo al RUAT, exponiendo la razón por la que requiere la autorización justificada debidamente con documentación respaldatoria.

2. Fotocopia de la Cédula de Identidad del propietario del vehículo y del apoderado si elcaso corresponde.

3. Fotocopia del Poder otorgado si corresponde.

4. Fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad (RUAT).

5. Fotocopia del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT, de la gestión correspondiente.

6. Certificación emitida por el Director Departamental del Organismo Operativo de Tránsito que corresponda, acreditando que los vidrios especiales son originales de fábrica.
¿Cúanto cuesta el trámite?

Forma de pago: Depósito en cuenta

N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-3696024

Monto: 200 BS

Por concepto de: Autorización de Uso de Vidrios Especiales


¿Cómo se realiza este trámite?


Para mayor información acudir o contactarse en:


La Paz, Av. Arce Esquina belisario Salinas Nº 2409, 2440466 - 2120002

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 30 dias
Marco Legal:

Ley N° 264 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para una Vida Segura”, del 31 de julio de 2012
Decreto Supremo Nº 29894, de 07 de febrero de 2009 (Artículo 35, Atribuciones del Viceministerio de Régimen Interior y Policía)
Resolución Ministerial Nº 058/10 de 12 de abril de 2010

Información del trámite: www.mingobierno.gob.bo