Friday, November 30, 2018

Mañana interpelan a Gisela López

La ministra de Comunicación, Gisela López, será interpelada por la Asamblea Legislativa Plurinacional mañana, sábado, sobre los gastos realizados en propaganda gubernamental, a solicitud de los legisladores de oposición.

“El 1 de diciembre tenemos la interpelación por la Asamblea Legislativa Plurinacional a la ministra, convocado por el presidente nato para las 09.00”, indicó la diputada del Movimiento al Socialismo (MAS), Lineth Guzmán.

Agregó que en ese acto de interpelación se aclarará a los diputados de oposición las dudas que tienen sobre los supuestos gastos “excesivos” en propaganda gubernamental.

“Es un exceso para ellos, pero cuando estaban ellos como gobierno han tapado estos temas, en cambio nosotros sí hablamos de gestión de Gobierno”, señaló.

La interpelación a López fue solicitada por los diputados opositores: Eliane Capibianco, Rose Marie Sandoval, Griselda Muñoz, Gonzalo Barrientos, José Carlos Gutiérrez y Luis Vaca.

Pary: Con México queremos fortalecer el relacionamiento bilateral



El ministro de Relaciones Exteriores, Diego Pary manifestó que el viaje del presidente Evo Morales a México no solamente será para participar de la transmisión de mando presidencial sino que también se buscará fortalecer el relacionamiento bilateral con el país norteamericano.

“El presidente en unas horas más estará partiendo desde Cochabamba a la ciudad de México, acompañada por mi persona, para participar de todas las actividades de la transmisión de mando, este es un momento muy importante, México tiene una participación muy activa en asuntos regionales por tanto será importante fortalecer el relacionamiento, fortalecer el trabajo bilateral entre ambos países” dijo en entrevista con la radio estatal Patria Nueva.

El 1 de diciembre, Andrés Manuel López Obrador, presidente electo del México tomará posesión del cargo, después de haber ganado la elección en julio pasado con más del 53% de los votos.

Pary detalló que la relación entre México y Bolivia es histórica, aunque en los últimos años se distanció, “ahora la queremos fortalecer y que sea fluida, tenemos puntos en común y podemos trabajar de forma conjunta”, aseveró.

Morales se dirigirá a la capital mexicana hoy en la tarde y mañana será parte de las actividades oficial por la transmisión de mando, además que acompañará a López Obrador en un acto con los pueblos indígenas de México al igual que un evento popular.

DECRETO SUPREMO N° 3587 - Autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizar los trámites para el registro de derecho propietario del bien inmueble ubicado en la ciudad de La Paz

DECRETO SUPREMO N° 3587
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, determina que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, dictar Decretos Supremos y resoluciones.
Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 175 del Texto Constitucional, establece que las Ministras y los Ministros del Estado tienen como atribución, proponer proyectos de Decreto Supremo y suscribirlos con la Presidenta o el Presidente del Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 164 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, señala que todos los inmuebles que forman parte del patrimonio de la entidad deben estar registrados a su nombre en Derechos Reales y en el Catastro Municipal que corresponda, actividad que estará a cargo de la Unidad Administrativa de cada entidad en coordinación con la Unidad Jurídica o el Asesor Legal.
Que para el cumplimiento de la normativa vigente, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras requiere contar con un instrumento legal que autorice la inscripción del derecho propietario a su favor, del bien inmueble ubicado en la Av. Defensores del Chaco Nº 1997 de la zona de Chasquipampa, de la ciudad de La Paz.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizar los trámites para el registro de derecho propietario del bien inmueble ubicado en la Av. Defensores del Chaco Nº 1997 de la zona de Chasquipampa, de la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales como primer registro a nombre de esta Cartera de Estado, con la creación de una partida del bien inmueble ubicado en la Av. Defensores del Chaco Nº 1997 de la zona de Chasquipampa, de la ciudad de La Paz, con una superficie de terreno de 10.198,80 m2, colindante al Norte con la Av. Defensores del Chaco, al Sur con la Unidad Educativa Chasquipampa, al Este con la calle 54 y al Oeste con la calle 53.
ARTÍCULO 3.- (INSCRIPCIÓN DEL DERECHO PROPIETARIO). El presente Decreto Supremo se constituye en instrumento legal suficiente para la inscripción del derecho propietario del bien inmueble señalado en el Artículo precedente, en Derechos Reales y demás registros ante otras instancias.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Rural y Tierras, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE HIDROCARBUROS, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Tuesday, November 27, 2018

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3584 - Se designa MINISTRA INTERINA DE HIDROCARBUROS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3584
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH-02505 DESP-0510, de 06 de junio de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 11 al 16 de junio de 2018, a la ciudad de Moscú – Federación Rusa, a objeto de acompañar al Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia en la reunión de alto nivel que sostendrá con el Presidente de la Federación Rusa; asimismo, participar juntamente con la delegación boliviana en la firma de Memorándums de Entendimiento entre el Ministerio de Hidrocarburos, YPFB y la Empresa GAZPROM, así como, la suscripción de documentos de cooperación en el sector hidrocarburos con la referida empresas y otras de dicho país, razón por la cual solicita se designe Ministra Interina mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRA INTERINA DE HIDROCARBUROS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3583 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3583
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI - DESP. Nº 387/18, de 01 de junio de 2018, presentada el 04 de junio del año en curso, comunicó que se ausentará del país en misión oficial los días 09 y 10 de junio de 2018, a la ciudad de Adroguè Buenos Aires – República Argentina, a objeto de impartir una Conferencia Magistral sobre la demanda marítima y presentar el libro “Bolivia en la Haya”, en la Feria Internacional del Libro de Almirante Brown, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad  de  La Paz, a los ocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Video Ministro de Salud informa sobre la cirugía de la beba María Gloria

Video Ministra Gisela Lopez explica como funcionara el Gabinete para defender a la mujer

Wednesday, November 21, 2018

DECRETO PRESIDENCIAL Nº 3577 - Se designa MINISTRO INTERINO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, al ciudadano Carlos René Ortuño Yañez

DECRETO PRESIDENCIAL Nº 3577
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Milton Claros Hinojosa, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, mediante nota MOPSV/DESP. Nº0614/2018, de 22 de mayo de 2018, presentada en fecha 23 de mayo del año en curso, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 30 de mayo al 01 de junio de 2018, a la ciudad de Ilo - República del Perú,  a objeto de participar en la reunión de trabajo en las áreas de Transportes y Comunicaciones para la Integración Bolivia – Perú, organizado por el Ministerio de Trasportes y Comunicaciones del Perú, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Se designa MINISTRO INTERINO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, al ciudadano Carlos René Ortuño Yañez, Ministro de Medio Ambiente y Agua, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de  La Paz, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO SUPREMO N° 3576 - Autorizar de manera excepcional y por única vez la ampliación de la cobertura de beneficiarios para la dotación de equipos de computación

DECRETO SUPREMO N° 3576
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 77 de la Constitución Política del Estado, determina que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.
Que los Parágrafos I y II del Artículo 103 del Texto Constitucional, establecen que el Estado garantizará el desarrollo de la ciencia y la investigación científica, técnica y tecnológica en beneficio del interés general. Se destinarán los recursos necesarios y se creará el sistema estatal de ciencia y tecnología; y el Estado asumirá como política la implementación de estrategias para incorporar el conocimiento y aplicación de nuevas tecnologías de información y comunicación.
Que el numeral 2 del Artículo 80 de la Ley N° 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, señala que los Gobiernos Municipales son responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento de las Unidades Educativas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción; y de apoyo a programas educativos con recursos establecidos en las normas en vigencia.
Que la Disposición Transitoria Décima de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, dispone que las entidades territoriales autónomas que reciban recursos de transferencias por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos – IDH, podrán utilizarlos en el ámbito de sus competencias, en conformidad a la Constitución Política del Estado y las disposiciones legales vigentes.
Que el Decreto Supremo N° 2812, de 22 de junio de 2016, autoriza la dotación de equipos de computación a las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio del Subsistema de Educación Regular, para las y los estudiantes de Educación de Quinto año de escolaridad del Nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva y cubrir el crecimiento vegetativo, y establecer su financiamiento.
Que con la finalidad de permitir el acceso a la tecnología en las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio, es necesario permitir la dotación de equipos de computación en el marco del Decreto Supremo Nº 2812, a favor de las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio del Subsistema de Educación Regular, para las y los estudiantes de los niveles de Educación Primaria Comunitaria Vocacional y de Educación Secundaria Comunitaria Productiva del Subsistema de Educación Regular.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar de manera excepcional y por única vez la ampliación de la cobertura de beneficiarios para la dotación de equipos de computación, establecida en el Decreto Supremo N° 2812, de 22 de junio de 2016.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). De manera excepcional y por única vez, se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural dotar a las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio del Subsistema de Educación Regular, los equipos de computación señalados en el Decreto Supremo N° 2812, para las y los estudiantes de los niveles de Educación Primaria Comunitaria Vocacional y Educación Secundaria Comunitaria Productiva, en aquellos municipios que así lo requieran.
ARTÍCULO 3.- (DOTACIÓN). Para la dotación de los equipos de computación señalados en el Artículo precedente, el nivel central del Estado a través del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 2812.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Se establece un plazo de hasta treinta (30) días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, para que los Gobiernos de las entidades territoriales autónomas que hasta la fecha no se beneficiaron de lo establecido en el Decreto Supremo N° 2812, adquieran los equipos de computación. Vencido este plazo, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural procederá conforme a lo establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- El cumplimiento del presente Decreto Supremo, no representará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Productivo y Economía Plural, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Tuesday, November 20, 2018

MINOPSV - Extensión de Permiso de Transporte Internacional de Mercancías, para Prestar el Servicio con la República Del Perú.

Última actualización: 28/4/2018 Información actualizada por: MINOPSV - Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Este trámite depende de: USO
Horarios de atención tramite:
Horarios de atención entidad: 8:30 - 11:30 - 14:30 - 18:30

Autorizar temporalmente la prestación del servicio a operadores nacionales que realizan Transporte Internacional de Mercancías (TIM).

¿Qué requisitos se necesitan?


adjuntar en la carta un cuadro con los datos de los vehículos, remolques y/o semirremolques, detallando: placa, modelo, tipo de carrocería, marca, chasis, número de motor, número de ejes y peso de vehículo en toneladas.
carta de solicitud dirigida al dgttfl, firmada por el representante legal de la empresa debidamente acreditado.
fotocopia simple y legible de las pólizas de seguro de los vehículos, remolques y/o semirremolques, vigentes y con su respectivo corresponsal en el perú.


¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Depósito en cuenta

N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):

Monto: 348 BS

Por concepto de:


¿Dónde puedo realizar el trámite?


: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Viceministerio de Transporte, Piso 10
Teléfonos:
: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Piso 5
Teléfonos: 2119999 - 2156600
: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, Piso 4
Teléfonos:
: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Viceministerio de Telecomunicaciones, Piso 6
Teléfonos:


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite:
Marco Legal:

Decisión 185/224 de la Comunidad Andina

Monday, November 19, 2018

DECRETO SUPREMO N° 3575 - Se autoriza para la presente gestión al Ministerio de Gobierno, la compra de un (1) vehículo tipo bus con capacidad de cuarenta y siete (47) pasajeros

DECRETO SUPREMO N° 3575
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 252 de la Constitución Política del Estado, determina que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que el Artículo 26 de la Ley Nº 264, de 31 de julio de 2012, del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para una Vida Segura”, establece que la Policía Boliviana además de las funciones establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de la Policía Boliviana, tiene funciones en el ámbito de la prevención, mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana.
Que el inciso c) del Artículo 35 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, dispone entre las atribuciones del Viceministerio de Régimen Interior y Policía, por delegación del Ministro, coordinar las acciones de la Policía Boliviana en el marco de las atribuciones constitucionales y su Ley Orgánica.
Que el Parágrafo I del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2063, de 23 de julio de 2014, señala que independientemente de la fuente de financiamiento, la compra de vehículos debe ser autorizada mediante Decreto Supremo expreso.
Que el Ministerio de Gobierno a solicitud de la Policía Boliviana requiere la compra de un (1) vehículo, destinado a fortalecer la seguridad ciudadana a nivel nacional permitiendo así resguardar la seguridad interna y pública del Estado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza para la presente gestión al Ministerio de Gobierno, la compra de un (1) vehículo tipo bus con capacidad de cuarenta y siete (47) pasajeros, destinado a la Policía Boliviana para uso operativo en servicios de seguridad ciudadana a nivel nacional.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Friday, November 16, 2018

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3573 - Se designa al ciudadano RODOLFO EDMUNDO ROCABADO BENAVIDES, como MINISTRO DE SALUD

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3573
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el numeral 4 del Artículo 172 del Texto Constitucional, otorga al Presidente del Estado Plurinacional la atribución de dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; asimismo, el numeral 22 del referido Artículo, le faculta a designar a las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, modificado por Parágrafo I del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 3058, de 22 de enero de 2017, establece la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentra la Ministra(o) de Salud.

DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I.            Se designa al ciudadano RODOLFO EDMUNDO ROCABADO BENAVIDES, como MINISTRO DE SALUD, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
II.          Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3572 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INTITUCIONAL, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3572
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI - DESP. Nº 344/18, de 25 de mayo de 2018, presentada el 28 de mayo del año en curso, comunicó que se ausentará del país en misión oficial el día 30 de mayo de 2018, a la ciudad de Santiago – República de Chile, a objeto de participar en la Reunión con los Representantes de la Oficina Regional para América del Sur de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INTITUCIONAL, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Thursday, November 15, 2018

Video Ministra Mariana Prado: El Doble Aguinaldo se pagara hasta marzo y con productos nacionales

Video Ex Ministro de Hugo Salvatierra le responde al Ministro Cocarico sobre Robore

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3571 - Se designa MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3571
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI-DESP.- Nro. 334/18, de 22 de mayo de 2018, presentada en fecha 23 de mayo del año en curso, comunica que se ausentará los días 28 y 29 de mayo de 2018, a efecto de hacer uso de sus vacaciones consolidadas, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3570 - Se designa MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, al ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3570
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante CITE: D.M.T.E.P.S No 0599/18, de 18 de mayo de 2018, presentada en fecha 21 de mayo del 2018, comunica que se ausentará del país en misión oficial 28 de mayo al 08 de junio de 2018, a la ciudad de Ginebra – Confederación Suiza, a objeto de  participar de  la “107º Conferencia Internacional de Trabajo”, organizada por la Oficina Internacional del Trabajo, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Se designa MINISTRO INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, al ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Wednesday, November 14, 2018

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3569 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3569
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano , Fernando Huanacuni Mamani, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-CS-244/2018, de 24 de mayo de 2018, presentada en fecha 25 de mayo del 2018, comunica que se ausentará del país en misión oficial 25 al 31 mayo del 2018, al país de Beijing – (República Popular China), en misión de avanzada preparatoria a la próxima visita oficial que realizara el señor Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3568 - Se designa MINISTRO INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3568
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Félix César Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia, mediante nota MMM-DS-867-DJ-267/2018, de 24 de mayo de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 25 al 26 de mayo de 2018, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, a objeto de participar en la reunión con el Presidente y el Representante de QUIBORAX S.A. y el Representante de Non-Metallic Minerals S.A. en el Arbitraje y el Procedimiento de anulación a llevarse en la Embajada de Bolivia ante el Gobierno argentino, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Ministerio de Justicia - Registro de Abogadas y Abogados para la Defensa de Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Violencia.

Última actualización: 13/6/2018 Información actualizada por: MINJTI - Ministerio de Justicia y Transparencia Interinstitucional
Este trámite depende de: Registro Público de la Abogacía
Horarios de atención tramite: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30
Horarios de atención entidad: 8:30 - 18:30

Acreditación, evaluación, certificación y capacitación de abogadas y abogados, encargados de la asistencia en la defensa técnica, gratuita y especializada a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Llenarformulario

2. Fotocopia dela cédula de identidad

3. Fotocopia dela credencial de abogada y abogado

4. CurriculumVitae no documentado

Certificado emitido por el Registro Judicial deAntecedentes Penales
Este trámite no tiene costo
¿Cómo se realiza este trámite?

1. El formulariose llena de forma manual o a vía web

2. Verificacióndel sistema

3. Registro dela o el abogado

4. Remisión delistado a la Dirección de Niñez

¿Dónde puedo realizar el trámite?


Chuquisaca: Calle Pastor Sains N° 182 entre Ayacucho y Calle Rosendo Villa. Edif. Ministerio de Justicia
Teléfonos: 46913158 - 78677531
La Paz: Av. 16 de Julio Nº 1769 (El Prado). Edif. Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional
Teléfonos: 2158900
Cochabamba: Av. Salamanca esq. Lanza, edificio Centro Internacional de Convenciones Piso 4
Teléfonos: 72212944
Cochabamba: Calle Jordán Nº 672 entre Lanza y Antezana Edificio Aly Piso 4
Teléfonos: 00000
Oruro: Calle Presidente Montes, entre calles Bolivar y Adolfo Mier, edificio Frontis de la Gobernación
Teléfonos: 72059421
Oruro: Calle Junin Nº10
Teléfonos: 00000
Potosí: Calle Fortunato Gumiel Nº31 A
Teléfonos: 26124723
Tarija: Av. Domingo Paz Nº162. Entre Colón y D. Campos
Teléfonos: 00000
Tarija: Calle Madrid N° 457 entre calles Campero y General Trigo Piso 1
Teléfonos: 60500174
Santa Cruz: Calle 21 de mayo N° 473 entre calles Cuellar y Seoane
Teléfonos: 76363323
Santa Cruz: Calle Beni, Edif. Casanovas Piso 6, Of. 1, frente al Palacio de Justicia
Teléfonos: 00000
Beni: Calle Nicolas Suarez, esquina Circunvalación, Edificio del Corregimiento, Zona San José
Teléfonos: 72843479
Beni: Calle La Paz Nº 55 entre Joaquín de Sierra y Pedro de la Rocha
Teléfonos: 00000
Beni: Barrio 25 de Marzo Centro Integrado de Justicia
Teléfonos: 00000
Pando: Calle Tarija, entre Av. 9 de febrero y calle La Paz. Edificio Multiservicios de Justicia Piso 1.
Teléfonos: 00000
Pando: Av. 9 de febrero Nº223. Edif. Cordepando 2do piso
Teléfonos: 00000


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 8 horas
Marco Legal:

1. Ley Nº 387 de 9 de julio de 2013 - Ley del Ejercicio de la Abogacía;
2. Decreto Supremo N° 1760 de 9 de octubre de 2013, que aprueba el Reglamento a la Ley del Ejercicio de la Abogacía;
Decreto Supremo N° 3463 de 18 de enero de 2018.
4. Resolución Ministerial N° 039/2018 de 2 de abril de 2018 que aprueba el "Reglamento para el registro, capacitación, seguimiento y evaluación de la asistencia en la defensa técnica gratuita y especializada a niñas, niños y adolescentes víctimas de delitos de violencia"

Información del trámite: http://rpa.justicia.gob.bo

Tuesday, November 13, 2018

Video Robore: Min. Cesar Cocarico indica que el Ex Ministro Hugo Salvatierra cometio un Error

Video Ministro Cesar Cocarico explica el conflicto de Robore y enjuiciara a Amilcar Barral

Ministerio de Justicia Registran cuatro casos de violación a niños por día

De acuerdo con información del ministro de Justicia, Héctor Arce, en Bolivia se registra un promedio de 3,5 y cuatro violaciones por día.

Durante la gestión 2017 se registraron 84 casos de infanticidio y 1.324 casos de violación de infante, niño, niña y adolescente.

Los informes acerca de la violencia contra la población infantil alcanzan niveles de agresividad hasta provocarles la muerte por lo que el registro de infanticidios tiende a incrementar.

“El día de hoy, 12 de noviembre, están ocurriendo en nuestro país, entre tres o cuatro actos de violación, según los datos que nos pasa la Fiscalía General del Estado”, aseguró.

En ese marco, activaron la campaña “Yo Por La Niñez” para enfrentar la violencia contra niñas, niños y adolescentes con el objetivo de promover la defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia.

La representante de Unicef para Bolivia, Sun-Ah Kim Suh, y otras autoridades de Gobierno, reflexionaron sobre las preocupantes cifras de infanticidio y de violación de infante, niño, niña y adolescente registradas en Bolivia.

“Esperamos que con esta iniciativa se pueda agregar un esfuerzo más en la ruta para erradicar la violencia contra la niñez (…) no más niñas y niños víctimas de infanticidio y de violaciones sexuales. Realmente la situación de violencia en Bolivia es preocupante y es sólo posible reducirla si unimos esfuerzos, incluyendo a los medios de comunicación”, afirmó.

DATOS

De acuerdo a datos de la Fiscalía General del Estado, de enero a agosto de 2018 se registraron un total de 603 agresiones sexuales a infante, niña, niño o adolescente, siendo Santa Cruz el departamento con mayor incidencia ya que registró 176 casos.

Mientras que en Beni se registraron 78 casos; 29 en Chuquisaca; 86 en Cochabamba; 94 en La Paz; 27 en Oruro; 19 en Pando; 19 en Potosí y 75 en Tarija. Siendo mayo el mes con mayor índice de agresión sexual.

Según la investigación realizada por el especialista en tema de género y generacionales Freddy Huaraz Murillo, de 837 casos de agresiones sexuales contra a niños, niñas y adolescentes registrados por Fiscalía Especializada para Víctimas de Atención Prioritaria (Fevap), durante el 2017, sólo 11 tienen sentencia condenatoria, 177 fueron rechazadas.

La preocupación acerca de los indicadores sobre hechos de violencia sexual, así como de otras formas de violencia, llamó a las autoridades a generar iniciativas que permitan mayor capacidad de persuasión para frenar la agresión contra los menores.

MINMAA - Emisión de Licencias Ambientales (Declaratoria de Impacto Ambiental, Certificado de Dispensación y Declaratoria de Adecuación Ambiental)

Última actualización: 16/3/2018 Información actualizada por: MINMAA - Ministerio de Medio Ambiente y Agua
Este trámite depende de: Unidad de Prevención y Control Ambiental Minería e Hidrocarburos – Unidad de Prevención y Control Ambiental Multisector
Horarios de atención tramite: 10:30 - 14:30 - 16:30 - 20:30
Horarios de atención entidad: 11:30 - 15:30 - 16:30 - 20:30

Emitir Licencias ambientales (Declaratoria de Impacto Ambiental, Certificado de Dispensación y Declaratoria de Adecuación Ambiental) a través de la categorización de EIA identificado para la actividad, obra o proyecto (AOP)

¿Qué requisitos se necesitan?


Ficha Ambiental (FA), llenado por el Consultor Ambiental inscrito en el Registro Nacional de Consultores Ambientales (RENCA) contratado
Depósito del equivalente en moneda nacional de 5 $us. en el Banco Unión S.A. a la Cuenta fiscal del MMAyA
Presentación del Documento Ambiental, elaborado por el Consultor Ambiental en el formato establecido en el Reglamento dePrevención y Control Ambiental.
Adjuntar la información complementaria correspondiente



NOTA

Las Fichas Ambientales (FA), Manifiesto Ambiental, Auditorías Ambientales, deben ser llenados únicamente por Consultores Ambientales inscritos en el Registro Nacional de Consultoría Ambiental (RENCA)
Este trámite no tiene costo

¿Cómo se realiza este trámite?


El solicitante debe contratar a un consultor ambiental registrado en el RENCA y hacer llenar la Ficha Ambiental (FA)
Una vez llenado la Ficha Ambiental, presenta los requisitos documentarios en las oficinas de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos (DGMACC) dependiente del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal (VMABCCGDF)
Según el tipo categorización del proyecto determinado, el solicitante realizará procedimientos establecidos en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA)
El solicitante a través del Consultor RENCA contratado, debe realizar la Consulta Pública a la comunidad involucrada en el proyecto dando a conocer el proyecto que se realizará
Presenta el EEIA Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental a la Autoridad Ambiental Competente (según corresponda la autoridad puede observar o solicitar complementaciones)
Recoge la Licencia Ambiental aprobada de acuerdo a las características del proyecto o categorización otorgada por la Autoridad Ambiental Competente, pudiendo ser:

(1) Declaratoria de Impacto Ambiental (Categoría 1 y 2)

(2) Certificado de Dispensación (Categoría 3 y 4)

(3) Declaratoria de Adecuación Ambiental (Proyectos en operación)

Los 3 tienen carácter de Licencia Ambiental




NOTA 1


Según el nivel del impacto del proyecto sobre el ecosistema se han definido 4 categorías:

Categoría 1: Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Integral (EEIAA), cuando el impacto será en todo el ecosistema, se precisa un análisis detallado y la evaluación de todos los factores del sistema ambiental: físico, biológico, socioeconómico, cultural, jurídico-institucional, es un estudio más completo

Categoría 2: Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Especifico (EEIAE), cuando una actividad afecta algunos atributos del ecosistema, se debe realizar un análisis detallado y la evaluación de uno o más factores del sistema ambiental: físico, biológico, socioeconómico, cultural, jurídico-institucional e incluir el análisis general del resto de los factores del sistema

Categoría 3: Cuando los proyectos que, por sus características, ya estudiadas y conocidas, solo requieren el Planteamiento de Medidas de Mitigación y del Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental, para evitar o mitigar (reducir) efectos adversos

Categoría 4: Cuando no requieren de un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Integral (EEIAA), en la normativa se encuentra un listado de cuáles son estas obras o actividades


NOTA 2


Las Licencias Ambientales tienen una duración de 10 años, pudiendo ser renovada


NOTA 3


Dirección del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal (VMABCCGDF)

La Paz, Calle Cañada Strongest Nº 1878, Piso 2 (frente a la Biblioteca Municipal), 2146382 - 2146385 - 2141929



Dirección de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático (DGMACC)

La Paz, Calle 8 de Obrajes, Avenida 14 deseptiembre, Secretaria 2141124, Mensajería y Fax 2141124

¿Dónde puedo realizar el trámite?


La Paz: Av. 14 de septiembre 5397 y calle 8 de la Zona de Obrajes
Teléfonos: 2141138 - 2141124 - 2146382 - 2146385 - 2141929


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite:
Marco Legal:

Ley N° 1333, Ley del Medio Ambiente, 27 de abril de 1992
Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA)

Información del trámite: www.mmaya.gob.bo

Monday, November 12, 2018

César Cocarico no desalojó a colonia menonita Río Negro

A pesar de haberse declarado tierras fiscales el año 2005 a una superficie mayor a las 38 mil hectáreas en la provincia Cercado del departamento de Beni y de haber una sentencia del Tribunal Agroambiental de 2013, el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, César Cocarico, en los tres años que lleva en el cargo, no ejecutó la resolución de desalojo de la colonia menonita Río Negro.

Al igual que su antecesora, Nemesia Achacollo, el ministro Cocarico no cumplió la resolución 1076/2009 del 15 de octubre de 2009, ni la sentencia del Tribunal Agroambiental 526/2013, que determinan que el área ocupada por la colonia menonita es de tierras fiscales y por tanto procede su desalojo.

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental declaró en julio de 2015, improbada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por David Wieler Peters en representación de la “Comunidad Campesina Río Negro”, y por tanto ratificó la vigencia de la resolución administrativa 1076/2009 emitida dentro del procedimiento especial de identificación de tierras fiscales de Cercado, dictada por el INRA para los cantones San Pedro y San Javier, sección primera, provincia Cercado del departamento de Beni.

El ministro César Cocarico, reveló que el 31 de agosto de 2017, conocía que su hermano Rogelio Carlos, actualmente detenido en la cárcel de Palmasola, por la presunta extorsión a comunidades menonitas fue denunciado por estafar a una comunidad menonita, ofreciendo el saneamiento de las tierras que detentan, y que el 4 de octubre respondió que el caso se investigue y sancione en la instancia que corresponda. “Soy el único que denuncia a su propio hermano (…). Yo no lo encubrí”, dijo. (ANF)

Decreto Supremo 3566 - Modificar el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 1277, de 30 de junio de 2012

EVO MORALESAYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 1277, de 30 de junio de 2012, que autoriza al Ministerio de Salud efectuar el pago único de "Viático de Vacunación" a favor de servidores públicos del sector público de salud.
ARTÍCULO 2.- (MODI FICACIÓN).

Se modifica el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 1277, de 30 de junio de 2012, modificado por los Decretos Supremos N° 1638, de 10 de julio de 2013, N° 2041, de 25 de junio de 2014, N° 2421, de 24 de junio de 1015, N° 2810, de 22 de junio de 2016 y N° 3234, de 28 de junio de 2017, con el siguiente texto:

"I.


Se autoriza al Ministerio de Salud en el marco de la normativa vigente, realizar el pago único anual de Bs4.081.- (CUATRO MIL OCHENTA Y UNO 00/00 BOLIVIANOS) como "Viático de Vacunación" a favor de las servidoras y servidores públicos del sector público de salud, excluyendo de su aplicación al área de profesionales en salud, a los jubilados del sector, los servidores que perciben categoría médica profesional y básica, escalafon médico, bono de riesgo profesional y el personal a contrato."

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Publicas; y de Salud, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los Veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.

FDO. EVO MORALES AYMA, Femando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Velez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alancea Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

DECRETO SUPREMO N° 3565 - Autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de Salud y Ministerio de Deportes.

DECRETO SUPREMO N° 3565
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano,
establece que sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, definir el hecho generador de la obligación tributaria;
fijar la base imponible y alícuota o el límite máximo y mínimo de la misma; y designar al sujeto pasivo.
Que el numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, señala que sólo la Ley puede otorgar y suprimir
exenciones, reducciones o beneficios.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 617, de 17 de diciembre de 2014, Tratamiento Tributario Aplicable a los
Convenios, Acuerdos y Otros Instrumentos Jurídicos Internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia,
dispone que las mercancías donadas a entidades públicas directamente desde el exterior o aquellas importadas con recursos
provenientes de cooperación financiera no reembolsable o de donación, estarán exentas del pago total de los tributos
aduaneros de importación.
Que los Parágrafos II y III del Artículo 4 de la Ley N° 617, establecen que las mercancías señaladas en el Parágrafo I de la
citada Ley, podrán ser transferidas a título gratuito, con la exención total del pago de tributos aduaneros de importación y del
impuesto a las transacciones, a los destinatarios finales de proyectos y/o programas, entidades públicas, entidades
territoriales, descentralizadas o autónomas; organizaciones económico productivas, organizaciones indígenas, campesinas y
movimientos sociales, sin fines de lucro; y para el cumplimiento de los Parágrafos I y II del mencionado Artículo, las
exenciones y las transferencias se autorizarán mediante Decreto Supremo.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 2308, de 25 de marzo de 2015, que reglamenta la Ley N° 617,
determina que la autorización de exención del pago de tributos aduaneros a las mercancías donadas en especie, y aquellas
adquiridas en el extranjero con recursos provenientes de donación o cooperación no reembolsable, se realizará a través de
un Decreto Supremo mensual en el que se consolidarán las solicitudes de exención que sean presentadas por las entidades
públicas ejecutoras o beneficiarias de las donaciones hasta el día quince (15) de cada mes. Excepcionalmente, se podrá
emitir más de un Decreto Supremo, cuando la exención tributaria tenga carácter de urgencia y requiera atención inmediata.
Que los Ministerios de Salud y de Deportes, presentaron solicitudes de exención tributaria de importación a la donación de
medicamentos, colposcopios e indumentaria deportiva; cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico - legales
establecidos en la normativa vigente. Por lo que es necesario emitir un Decreto Supremo, que autorice la exención del pago
total de tributos de importación de las donaciones mencionadas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la exención del pago total de los
tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de Salud y Ministerio de Deportes.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL MINISTERIO DE SALU SDe) .autoriza las siguientes
exenciones a favor del Ministerio de Salud:
Exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de medicamentos Glucantime 1,5/5ml,
donados por el Ministerio de Salud de la República de Colombia, con Parte de Recepción Nº 211 2018 82148 ?
729 ? 85077823, a favor del Ministerio de Salud, para el Programa Nacional de Vigilancia y Control de
Leishmaniasis;
Exención del pago total de los tributos de importación de tres (3) equipos de Colposcopia Modelo C100F y sus
accesorios, donación realizada por la Organización Panamericana de Salud (OPS/OMS), con Parte de Recepción Nº
211 2017 520450 ? 729 ? 77426355, a favor del Ministerio de Salud, para el Programa de Enfermedades No
Transmisibles;
Exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de medicamentos Imipenem 500 mg, donación
realizada por Global Drug Facility ? GDF, parte de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos
? UNOPS, con Parte de Recepción Nº 211 2016 464703 - 2741260395, a favor del Ministerio de Salud, para el
Programa Nacional de Control de Tuberculosis;
Exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de medicamentos, donación realizada por
Global Drug Facility ? GDF, parte de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos ? UNOPS,
con Partes de Recepción Nº 211 2016 277356 ? 729-84038286, Nº 211 2016 278626 ? 729-84038286, Nº 211
2016 279797 ? 729-84038286 y Nº 211 2016 287668 ? 729-84038286, a favor del Ministerio de Salud, para el
Programa Nacional de Control de Tuberculosis.
ARTÍCULO 3.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL MINISTERIO DE DEPORTE SSe) .autoriza la exención del
pago total de los tributos de importación de un (1) envío de indumentaria deportiva, donación realizada en el marco del
?Programa de Cooperación Económica y Técnica en Deportes para los Juegos Suramericanos - Cochabamba 2018?, por el
Gobierno de la República Popular China, con Parte de Recepción Nº 211 2018 74142-001-60152956, a favor del Ministerio
de Deportes.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Salud y de Deportes, quedan encargados de la ejecución y
cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz,
Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez,
Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique
Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván
Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma

Saturday, November 10, 2018

Cocarico resiste auditoría técnica al INRA

El ministro de Desarrollo Rural y Tierras, César Cocarico calificó de despropósito intentar intervenir el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), como lo propuso la Fundación TIERRA, organización no gubernamental que dijo que esta entidad del Estado se puso al servicio de los traficantes de tierra y se convirtió en un botín político.

“Sería un despropósito intentar intervenir el INRA cuando ha hecho un saneamiento del 85% de las tierras”, aseguró en el salón azul del MDRyT,en respuesta a la Fundación TIERRA que propuso una intervención al INRA así como auditorías técnicas y jurídicas a los procesos de saneamiento y titulación.

GRAVES DENUNCIAS

El director de la Fundación Tierra, Gonzalo Colque, en entrevista con Erbol, denunció el pasado 6 de noviembre que el INRA saneó propiedades de más de 5.000 hectáreas. La Constitución prohíbe a un solo titular tener esa extensión de tierra.

“Solamente doy un dato, hay más de cien propiedades que se han titulado desde el 2011 con extensiones mayores a 5.000 hectáreas, que está prohibido por Constitución y que se han saneado después de la aprobación de la nueva Carta Magna”, dijo Colque.

El director de la Fundación Tierra hizo conocer su preocupación porque considera que las irregularidades y corrupción en el INRA “han tocado fondo”.

“Se ha salido de todo control el INRA, lo hemos dicho hace tiempo, pero ahora podemos afirmar que ha tocado fondo porque no ha cumplido su misión de no consolidar propiedades latifundiarias como pago por favores políticos o económicos a ciertos sectores de poder”, sostuvo Colque.

INFORME

En su informe de gestión 2018, Cocarico señalo que durante 2006 a 2018, “se presentaron grandes avances en la distribución y acceso a la tierra, lo que representa 52% para varones y 46% para mujeres y 2% para personas jurídicas”.

El documento titulado, Sembrando Bolivia, dijo también que en ese mismo período se registraron 1.029.042 títulos ejecutoriales, beneficiando a 2.142.478 habitantes entre los que se encontrarían pequeños y medianos productores agropecuarios y empresarios que cumplen la Función Económica Social de la tierra (FES).

TRÁFICO DE TIERRAS

Durante una conferencia de prensa convocada para abordar las denuncias de tráfico de tierras que pesan contra los hermanos del Ministro, Cocarico arremetió contra la Fundación TIERRA. “¿Quién es uno de los directivos socios?, el señor (Gustavo) Pedraza, que es delegado de Carlos Mesa en Santa Cruz, hay un componente político, tratan de manchar al INRA como que hace tráfico (de tierras), que beneficia a algunas personas.

Cocarico dijo que lleva procesos penales por tráfico de tierras contra diferentes personas, empresarios, menonitas y dirigentes.

“Contra muchas personas hemos instaurado procesos porque hemos visto que han tratado de traficar tierra”, aseveró a más de una semana de conocerse la detención preventiva de su hermano Rogelio Cocarico Yana, por la presunta extorsión a la comunidad menonita Río Negro.

Friday, November 9, 2018

Video Ministro Cesar Cocarico cuenta su verdad sobre sus hermanos y primos

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3559 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Carlos Gustavo Romero Bonifaz

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3559
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Embajador Fernando Huanacuni Mamani, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-225/2018, de 14 de mayo de 2018, presentada en fecha 15 de mayo de 2018, comunica que se ausentará del país en misión oficial los días 15 y 16 de mayo de 2018, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, a objeto de participar en las Reuniones Bilaterales con el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Ministro de Gobierno, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3558 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3558
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI - DESP. Nº 294/18, de 09 de mayo de 2018, presentada en la misma fecha, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 10 al 14 de mayo de 2018, a las ciudades Buenos Aires – República Argentina, La Haya – Reino de los Países Bajos y Madrid – Reino de España; a objeto de participar en la 44º Feria Internacional del Libro, como expositor del tema: Alegatos en la Demanda “Obligación de Negociar un Acceso al Océano Pacifico (Bolivia - Chile)” interpuesta por nuestro país, ante la Corte Internacional de Justicia (La Haya – Reino de los Países Bajos), en la Ciudad de Buenos Aires – Argentina, el 10 de mayo de la presente gestión; asimismo los días sábado 12 y domingo 13 de mayo de la presente gestión participará de las Reuniones del Consejo de Reivindicación Marítima, Silala y Recursos Hídricos Internacionales, en instalaciones de la Embajada de Bolivia acreditada en la Ciudad de La Haya – Reino de los Países Bajos, con el fin de trabajar y proyectar los argumentos técnico – legales, que contendrá la Contramemoria que Bolivia presentará ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya, dentro del proceso: “Disputa sobre el Estatus y Uso de las aguas del Silala (Chile vs. Bolivia)”, dado los plazos ineludibles y perentorios señalados por referido Tribunal de Justicia Internacional para cumplir con la fase jurídico procesal; finalmente el 14 de mayo de la presente gestión, participará como expositor en el evento denominado “Demanda marítima: Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia”, en la Ciudad de Madrid – España, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Thursday, November 8, 2018

Video Ministro Alfredo Rada, Por que el Cardenal Toribio no estaba en la reunión de Obispos??

Video Ministro Milton Claros: Paraguay esta convencido del Tren Bioceanico

Quintana ve desgaste del Gobierno y advierte un error sobre clase media


Realiza un análisis de la coyuntura política en Bolivia. El exministro de la Presidencia y ahora embajador nacional en Cuba, Juan Ramón Quintana, admitió que existe un "desgaste natural" en el Gobierno de Evo Morales, próximo a cumplir 13 años en el poder, y ve como un error no haber logrado una "revolución cultural" que explique a la clase media los beneficios del proceso de cambio.

"Hay un desgaste natural del Gobierno y eso plantea la necesidad de reinventarse, de reconstituirse y de recrear la gestión de Gobierno, pero también tiene que ver con un triunfo relativo de la estrategia de la derecha, que es más feroz, furibunda, que encarna una carga de racismo, de odio y de rencor", explicó en entrevista con el programa Cruce de Palabras de Telesur.

Quien fuera uno de los hombres fuertes de la actual administración del MAS explicó que "el error nuestro es que no se construyó un soporte cultural, no estoy diciendo un alineamiento político sino una explicación racional desde la propia transformación del sujeto de la clase media para tratar de responder su movilidad social".

"Esta clase media no se responde inteligentemente las razones por las que se ha producido su desplazamiento, entonces responde con esta furia mediática, que encarna odio, que genera malestar y que no encuentra en Evo Morales las razones de un mayor ascenso, ahí nos faltó desarrollar una gran revolución cultural", acotó el exministro.

Sin embargo, Quintana enfatizó que "hay varias razones para la repostulación del presidente y creo que la mayor es la necesidad de dotarle al Estado Plurinacional de su proyección estratégica para los próximos años", advirtiendo que "no hay ningún líder que tenga la capacidad de unir al pueblo boliviano".

Finalmente anticipó que el MAS ganará nuevamente las elecciones de la próxima gestión. "Vamos a seguir persistiendo con la emancipación de la sociedad, darle el lugar que corresponde a este sujeto histórico, a la unidad del pueblo latinoamericano, y apostamos a la segunda independencia", dijo el embajador.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3557 - Desígnese MINISTRA INTERINA DE CULTURAS Y TURISMO, a la ciudadana Gisela Karina López Rivas,

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3557
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana Antonia Wilma Alanoca Mamani, Ministra de Culturas y Turismo, mediante nota MDCyT/DGAJ Nº 337/2018, de 08 de mayo de 2018, presentada el 10 de mayo del presente, comunicó que se ausentará del país en misión oficial los días 10 y 11 de mayo de 2018, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, a objeto de asistir a la Feria del Libro que se está realizando en dicha ciudad, por lo cual, solicitó la designación de Ministra Interina, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRA INTERINA DE CULTURAS Y TURISMO, a la ciudadana Gisela Karina López Rivas, Ministra de Comunicación, mientras dure la ausencia de la titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.

FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Wednesday, November 7, 2018

Video Ex Ministra Nardi Suxo analiza la corrupción en el Gobierno de Evo Morales

Ministro Cocarico denunciado penalmente


DIPUTADO AMILCAR BARRAL, EL MOMENTO QUE PRESENTA SU DENUNCIA CONTRA EL MINISTRO CÉSAR COCARICO.

El diputado de Unidad Demócrata, Amilcar Barral, presentó ayer una denuncia penal contra el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, César Cocarico, por incumplimiento de deberes, omisión de denuncia y encubrimiento a su hermano Rogelio, actualmente con detención preventiva en la cárcel de Palmasola de Santa Cruz, acusado de estafar a la comunidad de menonitas, asentada en Beni.

“Es la denuncia contra el ministro César Cocarico por los delitos de incumplimiento de deberes, encubrimiento y de omisión a denuncia, delitos que vienen penados especialmente a funcionarios públicos. En el caso de ministro Cocarico al haber encubierto a su familia, a su hermano y al ‘clan Cocarico’ en su ministerio. Ya que el Gobierno no ha dicho nada hasta hoy, nosotros estamos imponiéndole este proceso”, dijo.

Barral aseguró que el Instituto Nacional de Reforma Agraria, (INRA) y la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT) a cargo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, cuyo ministro es César Cocarico, sabían de este delito desde el año pasado porque que tenían solicitudes de la Fiscalía de información sobre el hermano del Ministro, quien a través de un comunicado reconoció que conocía desde la pasada gestión el proceso penal contra su hermano.

“Si sabía que se estaba cometiendo delitos de estafa agravada, y era su hermano en nombre suyo, y en nombre de la institución, tenía que demandar o adjuntarse a la demanda que tenían los otros señores, pero no lo ha hecho, eso es incumplimiento de deberes”, puntualizó.

Barral recordó que el hermano del Ministro fue denunciado por delito de estafa, en 2017, pidió $us 600 mil a la comunidad de Menonitas de Río Negro (Beni) para la titulación de tierras quienes le adelantaron $us 200 mil.

Barral aseveró que este caso implica a dos dirigentes de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb).

“Dos dirigentes que firman un documento de la Csutcb para que den este saneamiento de tierras, habían sido socios de la empresa que ha estafado plata junto al hermano de Cocarico. Ellos ya verán quienes son los responsables”, explicó.

El dirigente de la Csutcb, Jacinto Herrera, manifestó que deja en manos de la justicia las acusaciones contra el ministro César Cocarico y pidió investigar a profundidad a todos los acusados en este caso de estafa hasta dar con los culpables, así sean autoridades de Gobierno o dirigentes.

Barral dijo que no protegerá a nadie porque los delitos son personales y deja en las manos del Ministerio Público la situación jurídica de los implicados.

“Dejo en manos de la justicia para que determine la situación jurídica (del ministro Cocarico) y de cualquier persona que tenga denuncia. Si es así, el ministro tiene que pensar dos veces en ejercer ese cargo”, manifestó.

César Cocarico no tiene denuncias por estafa



La abogada y apoderada de los menonitas de la colonia Río Negro, Marianela Bozo, aseguró ayer que no existen pruebas que involucren al ministro de Desarrollo Rural, César Cocarico, en la denuncia de tráfico de tierras y estafa que pesa contra su hermano Rogelio.

“Hay que dejar claro que el hecho delictivo es personal, la responsabilidad es de quien comete el delito. En el caso particular, nosotros hemos realizado una investigación respaldada con pruebas y no se encuentran indicios de que el señor Ministro esté involucrado con pruebas.

Solamente el hermano del Ministro ha presentado muchas veces como respaldo su apellido”, detalló la jurista en una entrevista con radio Erbol.

Explicó que personalmente llamó a César Cocarico, pero sólo para decirle que su hermano estaba utilizando su nombre para delinquir, e inmediatamente la autoridad colgó el teléfono.

Indicó que las pruebas involucran a seis personas y “casualmente” entre ellas se encuentra el hermano de la autoridad, pero enfatizó en que el delito es individual, por lo que no involucra a César Cocarico.

También aclaró que en ningún momento de la denuncia se utiliza la palabra “tráfico de influencias” porque no hay evidencia de que exista esa figura.

Romero: reconocer logros del Proceso de Cambio no significa hacer política

El ministro de Gobierno, Carlos Romero, afirmó hoy que si el comandante de la Policía Boliviana, Faustino Mendoza " expresó esa sensación de reconocimiento por los logros del proceso de cambio para su institución, eso no significa que está haciendo política".

Romero recordó que antes del gobierno del presidente Evo Morales, la Policía trabajaba en "condiciones artesanales" y que en los últimos doce años se entregó equipos modernos, tecnología e infraestructura a la institución del orden, medidas que coadyuvaron a reducir el índice de criminalidad en Bolivia.

Detalló que ahora la institución del orden cuenta con un parque automotor de 4.000 vehículos, y antes solo tenía 380. Además, en la actualidad innova en la policía aéreaque opera en Santa Cruz y encara macroproyectos como el BOL-110 que modernizará aún más a la institución verde olivo.

En ese contexto, Romero cuestionó a dirigentes cívicos cruceños que criticaron al comandante Faustino Mendoza. "No representan a nadie" y por ende carecen de autoridad moral pues no trabajan por la seguridad ciudadana, dijo.

El domingo pasado durante un acto de entrega de equipos, el Comandante señaló que la Policía apoya al proceso de cambio, ya que en la actual administración gubernamental se hizo más por la institución, a través de hechos y no palabras.

Romero afirma que aumento de cultivos de coca en Colombia revela el fracaso de EEUU en la lucha contra el narcotráfico



"EEUU maneja políticamente el tema de las drogas, pero a la luz de los resultados que ellos mismos reconocen como oficiales, están ratificando que nosotros hemos avanzado y ellos han fracasado (en la lucha contra el narcotráfico)", afirmó el ministro de Gobierno, Carlos Romero, luego de la reunión de Gabinete, en la Casa Grande del Pueblo.

La autoridad se refirió a las declaraciones del director de la Oficina de Política Nacional para el Control de Drogas de la Casa Blanca (Ondcp), Jim Carroll, que catalogó al cultivo de la hoja en Bolivia y Perú como una amenaza para su país.

Sin embargo, Romero señaló que en el informe del Departamento de Estado reconocen que el 95% de la droga que ingresa a ese país proviene de Colombia.

La autoridad comparó los resultados obtenidos en materia de reducción de cultivos de coca en Colombia, que aumentó de 60.000 a 209.000 hectáreas de producción.

"En el caso de Bolivia a quienes fustigan por diferencias ideológicas, nuestras superficies de cultivo bajaron de 31.000 a 24.000 hectáreas en los últimos siete años", dijo.

Estados Unidos invierte $us 300 millones en la lucha antidroga y la DEA tiene presencia militarizada en las zonas productoras de ese país sudamericano, añadió Romero. Por lo tanto "los resultados en Colombia comprometen el fracaso de EEUU en su política antidroga".

Salud inicia la transición de los Sedes



El ministro de Salud, Rodolfo Rocabado, se reunirá hoy en la ciudad de La Paz con los directores de los nueve Servicios Departamentales de Salud (Sedes).

El objetivo es preparar el cambio de administración de estas unidades regionales, que hasta el momento dependen de las gobernaciones, pues uno de los mandatos de los encuentros departamentales por la Salud y la Vida fue que pasen a tuición del ministerio del área.

“Vamos a preparar la metodología de la transición e implementación del Sistema Único de Salud (SUS)”, indicó el Ministro, quien informó que los nueve representantes confirmaron su asistencia. La semana pasada debió llevarse a cabo este cónclave, pero se suspendió porque varios jefes tenían otros compromisos.

La autoridad también ratificó que en el evento se tratará el traspaso de los hospitales de tercer nivel, que fue otra de las conclusiones de las reuniones del mes pasado.

“Sí, se tratará la transición de los hospitales de tercer nivel. Es un proceso. Vamos a ver los tiempos. Queremos oír sus propuestas. Pretendemos que nos ayuden a socializar el SUS”, indicó Rocabado.

En las reuniones regionales se aprobó la resolución de que el Ministerio de Salud recupere la rectoría del área, respetando las autonomías existentes en el país. En ese sentido, se definió que los Sedes y los hospitales de tercer nivel pasen a su jurisdicción con la implementación del SUS.

Ministro pide acelerar una auditoría médica



El ministro de Salud, Rodolfo Rocabado, anunció que pedirá que se acelere la realización de la auditoría médica de un nuevo supuesto caso de negligencia médica ocurrido en la ciudad de Santa Cruz.

De acuerdo con la denuncia de la abogada de la familia, Raquel Guerrero, la doctora Isis Llapiz habría incurrido en mala práctica al operar de apendicitis a un niño de ocho años, que después falleció con una “septicemia generalizada y con el intestino perforado”.

Llapiz también está involucrada en el caso del niño Sebastián, a quien le extrajeron un riñón sano y luego el enfermo, razón por la cual el doctor Róger Moreno está siendo procesado penalmente. En esa cirugía, Llapiz fue la asistente.

Respecto al último caso, Llapiz no quiso declarar a los medios de comunicación y se limitó a señalar que su abogado responderá a las preguntas de la denuncia.

El secretario de Salud de la Gobernación de Santa Cruz, Óscar Urenda, anunció la realización de una auditoría médica en este hecho. El ministro Rocabado informó que pedirá que se acelere este estudio para determinar responsabilidades y realizar las acciones pertinentes.

Arce: Economía boliviana es la envidia de muchos países



El favorable comportamiento económico de Bolivia y su solidez son la envidia de muchos países de Sudamérica que atraviesan dificultades, como el caso de Argentina, Brasil, entre otros, afirmó el exministro de Economía Luis Arce Catacora.

La exautoridad realizó esa afirmación en una entrevista con la red Patria Nueva, en la que se refirió a la reciente disposición del Banco Central de Bolivia (BCB) de suspender la venta de dólares al detalle en sus ventanillas, aunque garantizó la suficiente provisión de la divisa estadounidense al sistema financiero para que realicen la venta directa al público.

Arce indicó que esta medida no se debe a una presunta falta de dólares o a la presencia de alguna crisis en el país, como mencionan algunos analistas. Aseguró que es una “simple medida administrativa” porque normalmente la compra y venta de dicha divisa se lo hace en las entidades financieras o las casas de cambio.

Dijo que las Reservas Internacionales Netas (RIN) de Bolivia continúan en un nivel óptimo que un país debería tener.

Según el BCB, a junio de este año las RIN llegaron a $us 9.522 millones, que representan el 23% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional, el más alto de Sudamérica, seguido de Paraguay con 22% y Perú con 21%.

“En este momento la economía boliviana es una envidia de muchas economías de la región que tienen problemas”, dijo Arce.

Agregó que naciones como Brasil, Argentina, Chile, Perú, Colombia o Uruguay atraviesan por dificultades porque generaron devaluaciones en sus monedas que les ocasionaron un shock (choque) en sus economías.

Remarcó que Bolivia no sólo tiene la economía más sólida, sino también la de mayor crecimiento.

Por su parte, el presidente de la Cámara Nacional de Exportadores de Bolivia, Wilfredo Rojo, dijo que la medida del BCB respecto al dólar no representa preocupación para su sector.

DECRETO SUPREMO N° 3554 - Autorizar al Ministerio de Salud, a través de la Unidad de Discapacidad Rehabilitación y Habilitación Bio-Psico-Social, realizar transferencias público - privadas.

DECRETO SUPREMO N° 3554
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Artículo 70 de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona con discapacidad goza del derecho, entre otros, a ser protegido por su familia y por el Estado.
Que los Parágrafos II y III del Artículo 71 del Texto Constitucional, disponen que el Estado adoptará medidas de acción positiva para promover la efectiva integración de las personas con discapacidad en el ámbito productivo, económico, político, social y cultural, sin discriminación alguna; y el Estado generará las condiciones que permitan el desarrollo de las potencialidades individuales de las personas con discapacidad.
Que el Artículo 72 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado garantizará a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación, así como otros beneficios que se establezcan en la ley.
Que el Parágrafo I del Artículo 11 de la Ley N° 856, de 28 de noviembre de 2016, del Presupuesto General del Estado Gestión 2017, vigente por disposición del inciso r) de la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018, autoriza al Órgano Ejecutivo, transferir recursos públicos en efectivo y/o en especie e inversiones productivas, a organizaciones económico-productivas, organizaciones territoriales, organizaciones privadas sin fines de lucro nacional, organizaciones indígena originaria campesinas y a personas naturales, con el objetivo de estimular actividad de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva, educación, salud y vivienda, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social. Para realizar transferencias público - privadas, las entidades deberán estar autorizadas mediante Decreto Supremo y contar con reglamentación específica.
Que el Parágrafo IV del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 3448, de 3 de enero de 2018, que reglamenta la aplicación de la Ley N° 1006, señala que cualquier otra entidad pública o unidad/programa del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado Plurinacional que requiera realizar transferencias público - privadas, deberá ser autorizada mediante Decreto Supremo.
Que es necesaria la emisión de un Decreto Supremo que autorice al Ministerio de Salud, realizar transferencias público - privadas en especie de dispositivos y tecnologías de apoyo en favor de las personas con discapacidad de escasos recursos económicos, para una efectiva inclusión en el ámbito social.


EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Salud, a través de la Unidad de Discapacidad Rehabilitación y Habilitación Bio-Psico-Social, realizar transferencias público - privadas.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN).
I.            Se autoriza al Ministerio de Salud, a través de la Unidad de Discapacidad Rehabilitación y Habilitación Bio-Psico-Social realizar transferencias público - privadas en especie de los saldos existentes, de dispositivos y tecnologías de apoyo, en favor de las personas con discapacidad.
II.          El Ministerio de Salud mediante Resolución Ministerial, aprobará la reglamentación específica que regulará el importe, uso y destino de las transferencias público - privadas.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- El Ministerio de Salud aprobará la reglamentación en un plazo de hasta treinta (30) días calendario, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
La señora Ministra de Estado en el Despacho de Salud, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Monday, November 5, 2018

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3550 - Se designa MINISTRO INTERINO DE COMUNICACIÓN, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3550
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana Gisela Karina López Rivas, Ministra de Comunicación, mediante nota MC-DESP-DGAJ-NE-0430/2018, de 25 de abril de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 03 al 07 de mayo de 2018, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de América, a objeto de promover y realizar el lanzamiento de la “Marca País” en el evento Passport DC: Lanzamiento Marca País.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Se designa MINISTRO INTERINO DE COMUNICACIÓN, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia de la titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Saturday, November 3, 2018

Video Hermano de Ministro Cesar Cocarico acusado de Estafa!!!

DECRETO SUPREMO N° 3547 - Autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de la Presidencia; Ministerio de Medio Ambiente y Agua; IBTEN y a la Policía Boliviana

DECRETO SUPREMO N° 3547
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, determina que sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, definir el hecho generador de la obligación tributaria; fijar la base imponible y alícuota o el límite máximo y mínimo de la misma; y designar al sujeto pasivo.
Que el numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, establece que sólo la Ley puede otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 617, de 17 de diciembre de 2014, Tratamiento Tributario Aplicable a los Convenios, Acuerdos y Otros Instrumentos Jurídicos Internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia, dispone que las mercancías donadas a entidades públicas directamente desde el exterior o aquellas importadas con recursos provenientes de cooperación financiera no reembolsable o de donación, estarán exentas del pago total de los tributos aduaneros de importación.
Que los Parágrafos II y III del Artículo 4 de la Ley N° 617, establecen que las mercancías señaladas en el Parágrafo I de la citada Ley, podrán ser transferidas a título gratuito, con la exención total del pago de tributos aduaneros de importación y del impuesto a las transacciones, a los destinatarios finales de proyectos y/o programas, entidades públicas, entidades territoriales, descentralizadas o autónomas; organizaciones económico productivas, organizaciones indígenas, campesinas y movimientos sociales, sin fines de lucro; Para el cumplimiento de los Parágrafos I y II del mencionado Artículo, las exenciones y las transferencias se autorizarán mediante Decreto Supremo.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 2308, de 25 de marzo de 2015, que reglamenta la Ley N° 617, determina que la autorización de exención del pago de tributos aduaneros a las mercancías donadas en especie, y aquellas adquiridas en el extranjero con recursos provenientes de donación o cooperación no reembolsable, se realizará a través de un Decreto Supremo mensual en el que se consolidarán las solicitudes de exención que sean presentadas por las entidades públicas ejecutoras o beneficiarias de las donaciones hasta el día quince (15) de cada mes. Excepcionalmente, se podrá emitir más de un Decreto Supremo, cuando la exención tributaria tenga carácter de urgencia y requiera atención inmediata.
Que el Ministerio de la Presidencia; de Medio Ambiente y Agua; de Energías; y de Gobierno, presentaron solicitudes de exención tributaria de importación a la donación de sillas de ruedas, bastones, muletas, camionetas 4x4 sus repuestos, camiones; detectores de radiación personal y simuladores de alta tecnología; cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico - legales establecidos en la normativa vigente. Por lo que es necesario emitir un Decreto Supremo, que autorice la exención del pago total de tributos de importación de las donaciones mencionadas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de la Presidencia; Ministerio de Medio Ambiente y Agua; Instituto Boliviano de Ciencia y Tecnología Nuclear – IBTEN y a la Policía Boliviana.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA).
I.            Se autoriza la exención del pago total de tributos de importación de un (1) envío de sillas de ruedas, bastones, muletas y accesorios de sillas de ruedas, donados por la Corporación del Obispo Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, con partes de recepción N° 201 2018 18961 – 576767752 y N° 201 2018 21298 – 576767752, a favor del Ministerio de la Presidencia.
II.          La donación será destinada a entidades públicas, entidades territoriales, descentralizadas o autónomas; organizaciones económicas productivas, organizaciones indígenas, campesinas y movimientos sociales, sin fines de lucro, quedando las mismas exentas del pago de tributos de importación y de los impuestos a las transacciones.
ARTÍCULO 3.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA). Se autoriza las siguientes exenciones al Ministerio de Medio Ambiente y Agua:

  1. Exención del pago total de los tributos de importación de diez (10) Camionetas 4x4 Mitsubishi y tres (3) paquetes de repuestos, donación realizada por el Gobierno de Japón en el marco del convenio subsidiario del “Programa de Preservación Forestal”, con partes de recepción N° 201 2018 51905 – 01/BOL/2018, N° 201 2018 51952 – 02/BOL/2018 y N° 211 2018 65662 – 817-09475664, a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Agua.
  2. Exención del pago total de los tributos de importación de catorce (14) camiones cisterna y dos (2) camiones, donación realizada por el Gobierno de Japón en el marco del convenio subsidiario del “Programa de Preservación Forestal”, a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, de acuerdo al siguiente detalle:
Camiones Cisterna
Parte de Recepción
1
201 2018 143064 -10108
2
201 2018 143077 -10105
3
201 2018 143062 -10100
4
201 2018 143038 -10101
5
201 2018 143093 -10117
6
201 2018 143056 -10110
7
201 2018 143044 -10115
8
201 2018 143012 -10103
9
201 2018 143052 -10111
10
201 2018 143029 -10109
11
201 2018 143051 -10114
12
201 2018 143067 -10104
13
201 2018 143033 -10098
14
201 2018 143070 -10097
Camiones
Parte de Recepción
1
201 2018 143085 -16226
2
201 2018 143035 -16227
ARTÍCULO 4.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL INSTITUTO BOLIVIANO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA NUCLEAR – IBTEN). Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de Detectores de Radiación Personal, donación realizada por el Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, con parte de recepción N° 211 2018 36497 – FRA-64726267, a favor del IBTEN.
ARTÍCULO 5.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN A LA POLICIA BOLIVIANA). Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de cinco (5) simuladores de alta tecnología, donados por la Organización de Bomberos Sin Fronteras de Francia – “POMPIERS SANS FRONTIERES”, con Partes de Recepción N° 201 2017 284384 - 1RT162664 a favor de la Policía Boliviana para la Escuela Plurinacional de Bomberos y Protección Civil - Dirección Nacional de Bomberos del Comando General de la Policía Boliviana.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.