Sunday, April 28, 2019

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3742 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3742
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-569/2018, de 07 de diciembre de 2018, presentada en la misma fecha, comunicó que se ausentó del país en misión oficial del 08 al 15 de diciembre de 2018, a las ciudades de Marrakech – Reino de Marruecos, Katowice – República de Polonia, Berlín – República Federal Alemana, y La Habana – República de Cuba, a objeto de asistir a la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 24); el acto de suscripción de los documentos constitutivos de la Empresa Mixta que conforman Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) y ACI Systems de Alemania para dar inicio a la industrialización de litio en el país y finalmente a la XVI Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América – Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA – TCP), respectivamente, razón por la cual solicitó se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3741Se designa MINISTRA INTERINA DE EDUCACIÓN, a la ciudadana Wilma Alanoca Mamani, Ministra de Culturas y Turismo

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3741
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Roberto Ivan Aguilar Gómez, Ministro de Educación, mediante nota CA/DGAJ/UAJ No. 0233/2018, de 30 de noviembre de 2018, presentada en fecha 03 de diciembre del año en curso, comunicó que se ausentó del país en misión oficial del 09 al 13 de diciembre de 2018, a la ciudad de Santo Domingo – República Dominicana, a objeto de participar en el Taller Internacional: Legislación Educativa Comparada y Experiencias de Reformas Educativas en América Latina y Reunión del Consejo Directivo del Instituto Internacional de Integración del Convenio Andrés Bello, razón por la cual solicitó se designe Ministra Interina mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRA INTERINA DE EDUCACIÓN, a la ciudadana Wilma Alanoca Mamani, Ministra de Culturas y Turismo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Saturday, April 27, 2019

Video Cuanto Sabe Hugo Moldiz de los narcotraficantes y los policias???

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3739 - Desígnese MINISTRA INTERINA DE ENERGÍAS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo

DECRETO PRESIDENCIAL N°  3739
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Rafael Alarcón Orihuela, Ministro de Energías, mediante nota MEN-4885/DESP-0653, de 10 de diciembre de 2018, presentada el mismo día, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 10 al 14 de diciembre del presente año, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, a objeto de asistir a una reunión de alto nivel con ejecutivos de la empresa alemana ACI SYSTEMS, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRA INTERINA DE ENERGÍAS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Thursday, April 25, 2019

Exigen renuncia de Romero y ven estado terminal en Policía

Duras críticas cercan a la Policía y al Ministro de Gobierno por los últimos hechos revelados donde “la corrupción, impunidad y el narcotráfico penetraron las instituciones”

El escándalo creciente por los narcovínculos que involucró a jefes policiales, dados de baja, causa alarma en los políticos y candidatos a la Presidencia del país; entretanto, en la oposición crece la exigencia para que el presidente Evo Morales destituya al ministro de Gobierno Carlos Romero, el expresidente y candidato, Carlos Mesa, afirmó que la entidad del orden atraviesa por un proceso de descomposición terminal por la injerencia política del Gobierno.

“Los últimos escándalos que involucran a miembros de la #PolicíaBoliviana con el narcotráfico, son la muestra de su proceso de descomposición terminal, por la injerencia política desde el gobierno, que destruyó su institucionalidad. #YaEsDemasiado”, escribió Mesa a través de su cuenta en Twitter.

En tanto, el senador – candidato, Oscar Ortiz, pidió explicaciones al presidente Evo Morales por el escándalo de narcovínculos que involucra a jefes policiales, destituidos hace algunos días, y dados de baja ayer.

“Presidente Morales, asuma su responsabilidad y de la cara ante la opinión pública para explicarle qué va a hacer frente a este nuevo escándalo de infiltración del narcotráfico en la Policía Nacional. La seguridad de las familias b olivianas y del propio Estado está amenazada”, escribió Ortiz.

Horas antes de esos pronunciamientos políticos, en la cuenta oficial del Twitter del presidente Evo Morales, se publicó un anuncio mediante el cual el Jefe de Estado, instruía al ministro de Gobierno, Carlos Romero, “actuar con todo el peso de la ley” contra los policías acusados de tener vínculos con el mundo de las drogas.

“He instruido al ministro de Gobierno, @carlosguromero, actuar con todo el peso de la ley y de manera rápida y contundente con los efectivos de la Policía que tengan algún vínculo con el narcotráfico. Nuestra institución está para luchar contra el delito y cuidar al pueblo”.

Minutos después de la instrucción presidencial, el Alto Mando Policial salía a los medios para anunciar la suspensión de todos los funcionarios policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de Santa Cruz, instancia que estaba a cargo del coronel Gonzalo Medina, aprehendido por vínculos con el narcotráfico y horas después, dado de baja de la institución junto al capitán Fernando Moreira, quien también era parte de la Felcc y ahora acusado de tener vínculos con el narcotráfico.

En horas de la tarde, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, anunciaba ante los medios que instruyó la baja de la Policía boliviana de los oficiales Gonzalo Medina y Fernando Moreira, ambos investigados por presunto encubrimiento, delitos de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación.

La autoridad anunció también un conjunto de medidas en la entidad del orden para, según él, hacer transparente el trabajo de todas las unidades del Comando Departamental de la Policía de Santa Cruz.

EXIGEN RENUNCIA

Después de conocidos estos hechos, desde la oposición varios parlamentarios exigieron al presidente Evo Morales que destituya al ministro Carlos Romero por el escándalo que envuelve a la cúpula de la Policía Boliviana.

“El Ministro de Gobierno debe presentar su renuncia inmediatamente o debe ser destituido por el Presidente”. El caso Medina desvela que el narcotráfico penetró las instituciones. Corrupción, impunidad y vínculos con el narco es lo que caracteriza a este gobierno”, afirmó el diputado Tomás Monasterio.

La senadora suplente, Bilgay Méndez, mediante una carta dirigida al presidente Morales demandó la “separación temporal” del titular de Gobierno “a fin de garantizar la transparencia de la investigación y prevenir su obstaculización y la contaminación de las pruebas hasta el esclarecimiento del lamentable caso”.

Del mismo modo, el diputado, Gonzalo Barrientos, pidió la renuncia de Romero porque, según su criterio, no supo luchar contra la corrupción.

“Nos parece que el ministro Romero debe renunciar. Son muchísimos casos de escándalos de corrupción, de vinculación de redes delincuenciales, de narcotráfico, las violaciones de policías en Rurrenabaque, mientras el ministro Romero feliz está hablando de Sport Boys y está haciendo campaña política”, protestó.



Video Carlos Romero es un Narcoministro??

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3736 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3736
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández – Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH – 05669 DESP – 1237 de fecha 30 de noviembre de 2018, presentada el 03 de diciembre del año en curso, comunica que se ausentara del país en misión oficial el 3 y 4 de diciembre de 2018, solicitud que es complementada mediante nota MH – 05730 DESP – 1239, de 04 de diciembre de 2018, presentada en la misma fecha por el ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro Interino de Hidrocarburos, por la que comunica que por razones de itinerario y agenda, del titular de dicha Cartera de Estado debe ausentarse del país en misión oficial hasta el 06 de diciembre de 2018, a la ciudad de Campo Grande del Estado de Mato Grosso Do Sul – República Federativa del Brasil, a objeto de asistir a las reuniones para tratar asuntos relativos a las negociaciones de Venta de Gas Natural entre YPFB y PETROBRAS, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz,  a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3735 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, al ciudadano César Hugo Cocarico Yana,

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3735
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Mario Alberto Guillen Suarez, Ministro de Economía y Finanzas Públicas, mediante nota MEFP/DM/JG – 2767/2018, de 23 de noviembre de 2018, presentada el 26 de noviembre del presente año, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 03 al 05 de diciembre del presente año, a la ciudad de Montevideo – República Oriental del Uruguay, a objeto de participar en la “CLXIV Reunión del Directorio de la Corporación Andina de Fomento – CAF”, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, al ciudadano César Hugo Cocarico Yana, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Tuesday, April 23, 2019

Video Manuel Canelas en No Mentiras



DECRETO PRESIDENCIAL N° 3734 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, al ciudadano Rafael Alarcón Orihuela

DECRETO PRESIDENCIAL N°  3734
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo, mediante nota MPD/DGAJ/UGJ-NE 0312/2018, presentada el 30 de noviembre de 2018, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 03 al 05 de diciembre de 2018, a la ciudad de Montevideo – República Oriental del Uruguay, a objeto de participar en la “CLXIV Reunión de Directorio de CAF – Banco de Desarrollo de América Latina”, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, al ciudadano Rafael Alarcón Orihuela, Ministro de Energías, mientras dure la ausencia de la titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz,  a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3733 - Se designa MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3733
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI – DESP. – Nro. 804/18, de 22 de noviembre de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 03 al 05 de diciembre de 2018, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de Norteamérica, a objeto de participar de la Audiencia Temática, Reelección en Bolivia, la Sentencia 84/17 y la Convención América Audiencia – 170º Periodo Ordinario de Sesiones, convocada por la razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Sunday, April 21, 2019

Guery García “Mi mayor fortaleza es la honestidad en todo sentido”

Hola, mi nombre es Guery Rudy García Aranibar. Nací el 9 de diciembre en Aiquile, Cochabamba. Estudié comunicación en la Universidad Mayor de San Francisco Xavier de Chuquisaca. Soy hincha del poderoso Bolívar.

Actualmente trabajo en el Ministerio de Culturas y Turismo como Jefe de la Unidad de Producción de Eventos y me gusta porque es una actividad laboral que me permite estar en contacto con el arte y la cultura. Después de haberme dedicado por más de 25 años a la música, el hecho de aportar como gestor cultural me hace sentir muy bien.


LG: ¿CUÁL ES TU MAYOR TESORO?


G: Mis hijos, que son la razón de mi existencia. Tengo dos varones, de 24 y 19 años, y una niña, de 4 añitos, que es mi princesita.

LG: SI VOLVIERAS A NACER, ¿QUÉ CAMBIARÍAS DE TU VIDA?


G: Yo creo que cuidaría mejor mi salud, especialmente mi voz. Cuando eres joven no crees que todo se desgasta y en la vida de cantante a veces no mides las consecuencias cantando fuera de tu registro y eso, a la larga, te ocasiona problemas. Y ese error no lo volvería a cometer.

LG: FÍSICAMENTE, ¿CAMBIARÍAS ALGO?

G: Creo que no, me siento muy bien con lo que Dios me dio.

LG: ¿CUÁL ES TU MAYOR FORTALEZA?

G: La honestidad en todo sentido, por los principios que me enseñaron mis padres, diciéndome que “siempre hay que ser honesto en la vida”.

LG: ¿CUÁL ES TU MAYOR DEBILIDAD?

G: Ser a veces muy confiado y eso me pasó con personas que muchas veces me fallaron y me pagaron mal.

LG: ¿QUÉ TE AUTOCRITICARÍAS?

G: Soy muy tímido y no puedo hacer fácilmente amigos. Alguna vez me pongo impaciente cuando necesito conseguir algo que me propongo y a veces (soy) un poco despistado (sonríe).

LG: ¿QUÉ ES LO MEJOR QUE HAN OPINADO DE TI?

G: Que soy muy buena persona y que siempre llevo en alto el origen de dónde vengo, llevando en alto el nombre de mi pueblo, Aiquile.

LG: ¿Y QUÉ LO PEOR?

G: Que soy “muy creído”, pero es de gente que no me conoce muy bien y hace que piense así de mí.

LG: ¿CÓMO TE DESENCHUFAS DE TU RUTINA?

G: Haciendo lo que más me gusta, cantar, tocar mi querido charanguito y componer canciones. Disfrutar de mi hijita y las cosas nuevas que va uno aprendiendo cada día con todas sus travesuras.

LG: ¿QUÉ COSA NUNCA PERDONARÍAS?

G: La infidelidad y la hipocresía.

LG: ¿QUÉ HACES CUANDO RENIEGAS?

G: Tratar de tranquilizarme, pero a veces no puedo, lo manifiesto y eso me ha traído inconvenientes con algunas personas con las que tuve algún problema.

LG: ¿AVENTURERO O CONSERVADOR?

G: Yo creo que conservador, vengo de una época donde el cariño a la familia, al pueblo y a las cosas conocidas siempre fueron prioridad y no tanto explorar cosas nuevas, tal vez por temor a equivocarme.

LG: ¿CUÁL ES EL MEJOR RECUERDO QUE TIENES?

G: De mi infancia, el haber pisado por primera vez un escenario y darme cuenta que lo que más amo en la vida es ser músico y recibir el aplauso de la gente por mi trabajo, que es lo más gratificante.

LG: ¿CUÁL ES EL MEJOR CONSEJO QUE RECIBISTE?

G: De mi padre, que siempre me recomienda hacer las cosas bien y con mucha responsabilidad y honestidad, porque me dice: “Lo que uno siembra siempre cosecha”.

LG: ¿UNA FRUSTRACIÓN?

G: El no haber estudiado música en un conservatorio o una escuela de arte. Pero el ser autodidacta y la experiencia adquirida me han permitido llegar a ser parte de agrupaciones musicales muy importantes, en el género tropical, como Los Brothers, Fusión folck rock como “La Bohemia” y folclore con muchas producciones mías como solista.

LG: CUANDO TE MIRAS EN EL ESPEJO, ¿QUÉ VES?

G: Que los años no pasaron en vano, pero que puedo dar mucho más, haciendo posibles mis sueños que tengo aún y sé que puedo cumplirlos.

LG: ¿DEFÍNETE EN TRES PALABRAS?

G: Apasionado, sincero y leal.

Ministro Canelas hace un recuento de los elogios de Mesa a Evo en sus columnas

El ministro recogió las opiniones de expresidente y actual candidato Carlos Mesa en diferentes columnas entre 2009 y 2016.


El actual candidato presidencial por Comunidad Ciudadana y ex presidente (2003-2005), Carlos Mesa, escribió en los últimos años al menos cinco artículos que expresan una serie de elogios sobre Evo Morales y los logros económicos de su administración, según otro artículo publicado hoy por el ministro de Comunicaciones, Manuel Canelas en La Razón.

Entre varios ejemplos, Canelas cita un artículo titulado: "Morales: Las Razones de la Entraña", publicado en 2010, en el que Mesa califica al primer mandatario como un caso "excepcional" porque como nunca antes, desde Simón Bolívar, una figura política cobró una trascendencia mediática de tal magnitud.

"Es además la figura boliviana de mayor proyección internacional que hayamos tenido nunca", escribió Carlos Mesa sobre Morales en un artículo difundido en su página web oficial: https://carlosdmesa.com.

Bajo el nombre “Cinco elogios a Evo Morales”, Canelas hace un recuento de opiniones textuales de notas publicadas por Mesa entre 2009 y 2016, tanto en su blog como en su columna en Página Siete.

El artículo de Canelas también recoge que, en 2009, Carlos Mesa había descrito el camino que tuvo que recorrer Morales para llegar a la Presidencia, y que es descrito como “el periplo que transita un sindicalista de tradición organizativa occidental obrerista y, por si fuera poco, ligado a la coca, el producto más controvertido de nuestra sociedad”.

"Ese camino no fue fácil, por supuesto que no lo fue. Fue la inusual ruta del éxito en un país terriblemente injusto, de un hombre nacido en la pobreza, sin educación académica que peleó milímetro a milímetro el lugar que hoy ocupa", señaló Mesa en el artículo denominado "Morales, pasado y futuro".

A finales de 2012, Carlos Mesa volvió a escribir sobre Morales e intentó explicar la "longevidad" del primer mandatario al mando del país, y consideró que “su genialidad fue comprender que lo esencial era la combinación entre la idea de un cambio radical que afectaba el tránsito histórico del país, modificando su dirección y, sobre todo, su identificación como indígena por encima de cualquier otra cosa”.

"Aquel eslogan de la campaña de 2005 que decía "Evo soy yo" refleja muy bien lo que todo esto representó. Si bien es cierto que en 1952 Paz Estenssoro y el MNR construyeron un fuerte vínculo con los indígenas a partir de la Reforma Agraria y el Voto Universal, esa relación no era de directa identificación, sino de "aceptación agradecida", ya que hasta 2006 la presidencia no estaba al alcance de los indios", mencionó de Mesa en la columna titulada "Los 2.527 días del Presidente", publicada en 2012.

En 2015, Carlos Mesa dijo que la "multiplicación de los panes y los peces le permitió al Gobierno de Evo Morales una estabilidad económica extraordinaria, que hizo posible que las acciones políticas y sociales no tuvieran que hacerse sobre la incertidumbre, sino, por el contrario, sobre una base sólida que garantizó una percepción optimista y confiada de la sociedad”. En ese nota, Carlos Mesa elogió también al actual ministro de Economía, Luis Arce, el más longevo (discontinuo) al lado del presidente Evo Morales, de quien dijo "demostró un manejo adecuado de la macroeconomía en todos sus ámbitos, manejo acompañado por la exhibición de unas cifras simplemente impresionantes".

El recuento realizado por Canelas continúa con una nota publicada en 2016, titulada "Diez Años: Un Balance", en la que Mesa pregunta: ¿Por qué será recordado Evo Morales si su gobierno terminase hoy?, y responde: "primero, por ser el primer Presidente indígena de nuestra historia. Más allá del hecho en sí mismo, porque ese carácter indígena fue un pilar fundamental del discurso y la acción del gobierno".

El ministro de Comunicación, Manuel Canelas, en la parte final de su artículo dedica, por su parte, un comentario a Carlos Mesa, a quien define como “uno de los historiadores más reconocidos del país, sabe la importancia que tiene la palabra escrita y no es, por tanto, azaroso todo lo que ha escrito sobre el presidente Evo Morales”.

"Releer estos textos del historiador Carlos Mesa es acercarse a entender sus convicciones intelectuales. Y quizás esos textos expliquen también el perfil de una candidatura que muchos sospechan repite las inconsistencias y debilidades que evidenció su breve gobierno", concluye Canelas.


DECRETO PRESIDENCIAL N° 3732 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE COMUNICACIÓN, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3732
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana Gisela Karina López Rivas, Ministra de Comunicación, mediante nota MC-DESP-DGAJ-NE-01047/2018, de 29 de noviembre de 2018, presentada el 30 de noviembre del presente año, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 02 al 06 de diciembre del presente año, a la ciudad de México – Estados Unidos de México, a objeto de participar como expositora en la Conferencia Magistral sobre el “Estado Plurinacional de Bolivia”, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE COMUNICACIÓN, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia de la titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO SUPREMO N° 3731 - autorizar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en calidad de fideicomitente, la constitución de un fideicomiso por un monto de hasta Bs21.000.000

DECRETO SUPREMO N° 3731
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del Parágrafo II del Artículo 311 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado podrá intervenir en toda la cadena productiva de los sectores estratégicos, buscando garantizar su abastecimiento para preservar la calidad de vida de todas las bolivianas y todos los bolivianos.
Que el Parágrafo I del Artículo 318 del Texto Constitucional, establece que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora.
Que el Artículo 8 de la Ley Nº 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018, modificado por Ley N° 1103, de 25 de septiembre de 2018, modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2018, autoriza al Órgano Ejecutivo constituir fideicomisos con instituciones financieras autorizadas, los cuales deben ser aprobados mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 23 del Decreto Supremo N° 3448, de 3 de enero de 2018, establece los aspectos generales de los fideicomisos y la recuperación de recursos de fideicomisos constituidos con  fondos públicos.
Que el Decreto Supremo Nº 0643, de 22 de septiembre de 2010, modificado por el Decreto Supremo N° 1695, de 14 de agosto de 2013 y el Decreto Supremo N° 2872, de 10 de agosto de 2016, autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural la constitución de un fideicomiso, por la suma de hasta Bs21.210.000.- (VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL 00/100 BOLIVIANOS).
Que es importante dinamizar la producción, economía local y nacional, generando mejores condiciones de acceso a insumos, materias primas, herramientas y maquinarias, a las Micro, Pequeñas Empresas y Artesanos de transformación y manufactura de los Complejos Productivos priorizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través de la creación de un Fidecomiso que favorezca al sector.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en calidad de fideicomitente, la constitución de un fideicomiso por un monto de hasta Bs21.000.000.- (VEINTIÚN MILLONES 00/100 BOLIVIANOS) para la compra, importación y comercialización de insumos, materias primas, herramientas y maquinarias, para el apoyo a la producción de las Micro, Pequeñas Empresas y Artesanos de transformación y manufactura de los Complejos Productivos priorizados por este Ministerio.
ARTÍCULO 2.- (CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en su calidad de Fideicomitente, constituir un fideicomiso a ser administrado por el Banco Unión S.A., en su calidad de Fiduciario, mediante la transmisión temporal y no definitiva de recursos por un monto de hasta Bs21.000.000.- (VEINTIÚN MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), para la compra, importación y comercialización de insumos, materias primas, herramientas y maquinarias, para el apoyo a la producción de las Micro, Pequeñas Empresas y Artesanos de transformación y manufactura de los Complejos Productivos priorizados por este Ministerio.
ARTÍCULO 3.- (FUENTE DE RECURSOS DEL FIDEICOMISO). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural instruir al Banco Unión S.A. efectuar el traspaso de Bs21.000.000.- (VEINTIÚN MILLONES 00/100 BOLIVIANOS) del Fideicomiso para la Importación de Cemento Portland autorizado por Decreto Supremo N° 0643, de 22 de septiembre de 2010, al fideicomiso señalado en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles a partir de la firma del Contrato de Constitución del Fideicomiso.
ARTÍCULO 4.- (FINALIDAD). La finalidad del fideicomiso es la asignación de recursos a INSUMOS - BOLIVIA para la compra, importación y comercialización de insumos, materias primas, herramientas y maquinarias, para el apoyo a la producción de las Micro, Pequeñas Empresas y Artesanos de transformación y manufactura de los Complejos Productivos priorizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
ARTÍCULO 5.- (BENEFICIARIO). El beneficiario del fideicomiso autorizado por el presente Decreto Supremo, será INSUMOS - BOLIVIA.
ARTÍCULO 6.- (PLAZO DEL FIDEICOMISO). El plazo de vigencia del fideicomiso será de hasta cinco (5) años computables a partir de la fecha de suscripción del respectivo Contrato de Fideicomiso.
ARTÍCULO 7.- (ASPECTOS ADMINISTRATIVOS).
I.            Todos los aspectos relativos a la operación y administración del fideicomiso serán establecidos en el Contrato de Constitución del mismo y el Reglamento Específico de procedimientos para la operativización de la finalidad del fideicomiso.
II.          Los costos administrativos y operativos de compra, importación y comercialización de insumos, materias primas, herramientas y maquinaria, y otros gastos para el cumplimiento de la finalidad del fideicomiso, serán cubiertos con recursos del propio fideicomiso, mismos que serán repuestos en su integridad una vez se lleve a cabo la monetización de los insumos, materias primas, herramientas y maquinaria a ser comercializados.
ARTÍCULO 8.- (REEMBOLSO DE LOS RECURSOS).
I.            La forma y condiciones de restitución de los recursos del fideicomiso autorizado por el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, serán establecidas en el Contrato de Constitución del mismo.
II.          Los recursos económicos para la restitución del fideicomiso, provendrán de la comercialización de los insumos, materias primas, herramientas y maquinarias.
III.         Los recursos fideicomitidos, así como los excedentes que se pudieran generar, serán restituidos al Tesoro General de la Nación – TGN dentro del plazo fijado para el fideicomiso. En caso de incumplimiento se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a debitar automáticamente de cualquiera de las cuentas del fideicomitente el monto del fideicomiso, incluidos los excedentes que correspondieran.
ARTÍCULO 9.- (RESPONSABILIDAD). INSUMOS - BOLIVIA es responsable por el uso adecuado de los recursos, para el cumplimiento de la finalidad del fideicomiso, así como de su resultado, en el marco de la normativa legal vigente que rige el manejo de recursos públicos y la Reglamentación Específica.
ARTÍCULO 10.- (SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN). El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural será la entidad encargada de la supervisión, seguimiento y evaluación del logro de la finalidad del Fideicomiso.
ARTÍCULO 11.- (DESPACHO INMEDIATO). En el marco del presente Decreto Supremo, los despachos aduaneros consignados a INSUMOS - BOLIVIA, se efectuarán bajo la modalidad de Despacho Inmediato, en administraciones aduaneras interiores y frontera.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.- El Reglamento Específico de procedimientos para la operativización de la finalidad del fideicomiso será elaborado por INSUMOS - BOLIVIA y aprobado por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la suscripción del Contrato de Constitución del Fideicomiso.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.- La Aduana Nacional en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, adecuará el sistema informático para su cumplimiento.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.-
I.            Se dispone el cierre del Fideicomiso para la Importación de Cemento Portland autorizado mediante Decreto Supremo Nº 0643 y modificado por los Decretos Supremos N° 1695, de 14 de agosto de 2013 y N° 2872, de 10 de agosto de 2016.
II.        Una vez concluido el proceso de cierre del Fideicomiso para la Importación de Cemento Portland y conciliados los recursos del mismo, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural deberá transferir los recursos remanentes incluidos los excedentes que se hubieran podido generar al TGN.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- Los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, efectuarán los ajustes contables y registros correspondientes, en el ámbito de sus competencias, para el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Productivo y Economía Plural, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

FDO. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Saturday, April 20, 2019

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3730 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3730
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-564/2018, de 29 de noviembre de 2018, presentada el 30 de noviembre del año en curso, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 30 de noviembre al 05 de diciembre de 2018, a las ciudades de México – Estados Unidos Mexicanos y Washington – Estados Unidos de Norteamérica, para asistir a los actos oficiales para la Transmisión del Poder Ejecutivo Federal de los Estados Unidos Mexicanos al Lic. Andrés López Obrador, posteriormente participar en reuniones preparatorias y en la Audiencia Pública de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO SUPREMO N° 3729 - Autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor de los Ministerios de Salud y de la A.A.S.A.N.A.

DECRETO SUPREMO N° 3729
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, determina que sólo la Ley puede crear, modificar y suprimir tributos, definir el hecho generador de la obligación tributaria; fijar la base imponible y alícuota o el límite máximo y mínimo de la misma; y designar al sujeto pasivo.
Que el numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 6 de la Ley Nº 2492, establece que sólo la Ley puede otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 617, de 17 de diciembre de 2014, Tratamiento Tributario Aplicable a los Convenios, Acuerdos y Otros Instrumentos Jurídicos Internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia, señala que las mercancías donadas a entidades públicas directamente desde el exterior o aquellas importadas con recursos provenientes de cooperación financiera no reembolsable o de donación, estarán exentas del pago total de los tributos aduaneros de importación.
Que los Parágrafos II y III del Artículo 4 de la Ley N° 617, dispone que las mercancías señaladas en el Parágrafo I de la citada Ley, podrán ser transferidas a título gratuito, con la exención total del pago de tributos aduaneros de importación y del impuesto a las transacciones, a los destinatarios finales de proyectos y/o programas, entidades públicas, entidades territoriales, descentralizadas o autónomas; organizaciones económico productivas, organizaciones indígenas, campesinas y movimientos sociales, sin fines de lucro; Para el cumplimiento de los Parágrafos I y II del citado Artículo, las exenciones y las transferencias se autorizarán mediante Decreto Supremo.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 2308, de 25 de marzo de 2015, que reglamenta la Ley N° 617, determina que la autorización de exención del pago de tributos aduaneros a las mercancías donadas en especie, y aquellas adquiridas en el extranjero con recursos provenientes de donación o cooperación no reembolsable, se realizará a través de un Decreto Supremo mensual en el que se consolidarán las solicitudes de exención que sean presentadas por las entidades públicas ejecutoras o beneficiarias de las donaciones hasta el día quince (15) de cada mes. Excepcionalmente, se podrá emitir más de un Decreto Supremo, cuando la exención tributaria tenga carácter de urgencia y requiera atención inmediata.
Que los Ministerios de Salud y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda presentaron solicitudes de exención tributaria de importación a la donación de medicamentos y piezas y accesorios para la implementación del Sistema de Generación Fotovoltaico; cumpliendo con la presentación de los requisitos técnico - legales establecidos en la normativa vigente. Por lo que es necesario emitir un Decreto Supremo, que autorice la exención del pago total de tributos de importación de las donaciones mencionadas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor de los Ministerios de Salud y de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea – A.A.S.A.N.A.

ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN AL MINISTERIO DE SALUD).
I.            Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de medicamentos oncológicos, donación realizada por la Asociación de Familiares y Amigos de Niños con Cáncer AFANIC - ESPAÑA, con Parte de Recepción Nº 711 2018 261483 - 930-00393820, a favor del Ministerio de Salud.
II.          La donación será destinada al Instituto Oncológico del Oriente Boliviano de la ciudad de Santa Cruz, quedando el Instituto exento del pago total de tributos de importación y de los impuestos por transferencia.
ARTÍCULO 3.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN A LA A.A.S.A.N.A.). Se autoriza la exención del pago total de los tributos aduaneros de importación de dos (2) envíos de piezas y accesorios para la implementación del Sistema de Generación Fotovoltaico, donación realizada por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón “JICA”, a favor de la A.A.S.A.N.A., para el Proyecto “Introducción de energía limpia por generación de electricidad solar”, de acuerdo al siguiente detalle:

Parte de Recepción
1
201 2016 310536 - TYO0199373B
2
201 2016 310600 - TYO0199373B
3
201 2016 333748 - TYO0194760B
4
201 2016 341210 - TYO0194760B
5
201 2016 341325 - TYO0194760B
6
201 2016 345409 - TYO0194760B
7
201 2016 345627 - TYO0194760B
8
201 2016 345894 - TYO0194760B
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides MINISTRO DE SALUD E INTERINO DE EDUCACIÓN, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Thursday, April 18, 2019

Video Canciller Diego Pary explica que consiguio Evo Morales en Turquia y Dubai

Video Juan Ramon Quintana habla sobre la carta de opositores a Donald Trump

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3727 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3727
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH- 05534 DESP-1208, de 26 de noviembre de 2018, presentada en la misma fecha, comunicó que se ausentará del país en misión oficial el 26 y 27 de noviembre de 2018, a la ciudad de Buenos Aires – República  Argentina, a objeto de asistir a reuniones con el Ministro de Hacienda de Argentina para tratar temas respecto a la venta de gas y sobre una posible reingeniería en nominaciones y precios del gas boliviano con la empresa Integración Energética Argentina – IEASA (ex ENARSA), por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Wednesday, April 17, 2019

Video En Que No Me Pierda explican las palabras del Ministro de Economia #100BsChange

Video Ex Ministra Claudia Peña habla del Magistrado Ceballos!!!

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3726 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE EDUCACIÓN, al ciudadano Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Ministro de Salud

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3726
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, mediante nota CA/DGAJ/UAJ No. 0223/2018, de 19 de noviembre de 2018, presentada el 20 de noviembre del 2018, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 25 al 29 de noviembre de 2018, a la ciudad de Campinas, Sao Paulo – República Federativa del Brasil, a objeto de participar en el VI Encuentro FINEDUCA “La Enmienda Constitucional N° 95/2016 y la crisis en la Financiación de la Educación”, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE EDUCACIÓN, al ciudadano Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Ministro de Salud, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3725 - Se designa MINISTRO INTERINO DE DEFENSA, al ciudadano Carlos René Ortuño Yáñez, Ministro de Medio Ambiente y Agua

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3725
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mediante nota MD-SD-DGAJ-UAJ Nº 2895, de 28 de septiembre de 2018, presentado en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 05 al 10 de octubre de 2018,  a la ciudad de Cancún, Quintana Roo – Estados Unidos Mexicanos, a objeto de asistir a la XIII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE DEFENSA, al ciudadano Carlos René Ortuño Yáñez, Ministro de Medio Ambiente y Agua, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Thursday, April 11, 2019

Video Ministro de Economia dice que Bolivia se endeudará lo necesario para crecer??

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Video Ministro Cesar Cocarico, sobre la Exportacion de Carne a China!!!

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DECRETO PRESIDENCIAL N° 3718 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López,

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3718
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-537/2018, de 14 de noviembre de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial los días 15 y 16 de noviembre de 2018, a la Ciudad La Antigua – República de Guatemala, a objeto de asistir a la XXVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3717 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3717
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI – DESP. – Nro. 784/18, de 14 de noviembre de 2018, presentada el 15 de noviembre del presente, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 15 al 16 de noviembre de 2018, a la ciudad de la Antigua Guatemala – República de Guatemala, a objeto de acompañar al Señor Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, a la XXVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a celebrarse en la referida ciudad, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Monday, April 8, 2019

Video Ministro Carlos Romero dice que Bolivia es el Pais que Menos coca Produce!!!

Video Ministra Mariana Prado promete Educacion, empleo y trabajo para los jovenes

Video Canciller Diego Pary nos habla sobre todo lo que el Presidente de la India dejo a Bolivia

Video Cancillero Diego Pary nos habla sobre la visita del Presidente de la India!!

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3713 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3713
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH – 05230 DESP - 1130, de 09 de noviembre de 2018, presentada el 12 de noviembre del presente año, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 12 al 15 de noviembre de 2018, a las ciudades de Miami – Estados Unidos de América y Puerto España – República de Trinidad y Tobago, a objeto de asistir a reuniones con las empresas Shell y Total S.A., así como participar de la 20ª Reunión Ministerial del Foro de Países Exportadores de Gas - FPEG, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Félix Cesar Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia, mientras dure la ausencia del titular.
Es  dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Sunday, April 7, 2019

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3712 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3712
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Héctor Enrique Arce Zaconeta, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, mediante nota MJTI – DESP. -  Nro. 763/18, de 07 de noviembre de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 08 al 10 de noviembre de 2018, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de América, a objeto de participar de la semana de Derecho, Justicia y Desarrollo 2018 (DJD), sobre la temática “El Desarrollo y Protección de los Derechos”, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, al ciudadano Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3711 - Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3711
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano Diego Pary Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-Cs-527/2018, de 06 de noviembre de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 07 al 09 de noviembre de 2018, a las ciudades de Caracas – República Bolivariana de Venezuela y Managua – República de Nicaragua, a objeto de participar en el vuelo inaugural de la Aerolínea CONVIASA a Caracas y a la XVII Reunión del Consejo Político del ALBA – TCP, razón por la cual solicita se designe Ministro Interino mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, al ciudadano Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad  de  La Paz, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Saturday, April 6, 2019

Video El Ministro Manuel Canelas en Que No Me Pierda.. habla de su amigo Evo Morales

Video Ministra Mariana Prado habla sobre el Plan de Empleo y 200 Millones de Dolares

Video Ministro Juan Quintana habla sobre la Agenda del Bicentenario

Video Ministra de Planificacion sobre la reunion de Evo Morales con los Empresarios

Video Ministra de Salud Gabriela Montaño nos habla de la Agenda del Bicentenario

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3710 - Desígnese MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, al ciudadano Mario Alberto Guillen Suarez,

DECRETO PRESIDENCIAL N° 3710
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:

Que el ciudadano Cesar Hugo Cocarico Yana, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, mediante nota MDRyT/DESPACHO/CITE Nº1340/2018, de 29 de octubre de 2018, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 03 al 11 de noviembre de 2018, a la ciudad de Shanghái y de Beijing – República Popular de China, a objeto de participar en “La Promoción de Productos de origen agropecuario en la Feria de Sahanghai: Promoción de Productos Nacionales (Lanzamiento de Marca País); Reconocimiento de estatus sanitario de Bolivia como libre de fiebre aftosa; Suscripción del Memorándum de Entendimiento con la Administración General de la Aduana de China, sobre Cooperación Sanitaria y Fitosanitaria y la Reunión con la Administración Estatal de Granos, para la presentación de Bolivia como Exportador de Porotos de Soja”, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.
Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, al ciudadano Mario Alberto Guillen Suarez, Ministro de Economía y Finanzas Publicas, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez.

Thursday, April 4, 2019

Video Canciller Diego Pary habla sobre la India, sobre el Mar y muchos temas

DECRETO SUPREMO N° 3708 - Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del SENAPE, la transferencia a título oneroso de un bien inmueble a favor del GAD de Potosí.

DECRETO SUPREMO N° 3708
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que el nivel central del Estado, tiene competencia privativa sobre la administración del Patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.
Que el Parágrafo I de la Disposición Adicional Única de la Ley Nº 571, de 8 de septiembre de 2014, autoriza a la Empresa de Correos de Bolivia – ECOBOL, transferir, a título oneroso, bienes inmuebles a favor del Ministerio de Economía y Finanzas  Públicas, para el funcionamiento de oficinas públicas.
Que el inciso g) del Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 2699, de 9 de marzo de 2016, en el marco de la Ley Nº 571, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas unilateralmente a realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del Derecho Propietario, con la documentación que se cuente, ante las oficinas de Derechos Reales a nombre de esa Cartera de Estado del bien inmueble ubicado en la calle Lanza casi esquina Chuquisaca de la ciudad de Potosí – Potosí.
Que el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, requiere contar con infraestructura propia a fin de expandir sus áreas y lograr mejor aprovechamiento de oportunidades de proyección y un ejercicio pleno del derecho propietario.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado - SENAPE, la transferencia a título oneroso de un bien inmueble a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del SENAPE, transferir a título oneroso a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, el bien inmueble ubicado en la calle Lanza casi esquina Chuquisaca, de la ciudad de Potosí, del Departamento de Potosí, con una superficie de terreno de 765,00 m2 y superficie construida de 1.394,00 m2, de acuerdo a la Certificación Catastral con Código Catastral Nº 014-0018-004-00, registrado bajo la Matrícula Nº 5.01.1.01.0023199.

ARTÍCULO 3.- (TRANSFERENCIA DEL BIEN INMUEBLE).
I.            El Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, por la transferencia del bien inmueble citado en el Artículo precedente, efectuará el pago con sus recursos específicos por el monto de Bs3.695.967,76 (TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE 76/100 BOLIVIANOS).
II.          La o el Director General Ejecutivo del SENAPE, estará a cargo de la suscripción de la minuta de transferencia y consiguiente entrega del bien inmueble, por cuenta del Ministro de Economía y Finanzas Públicas, a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, una vez que se haya efectivizado el pago del monto establecido en el Parágrafo precedente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES  E INTERINO DE  COMUNICACIÓN.

DECRETO SUPREMO N° 3707 - Autorizar a los Ministerios de Educación y de Deportes, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas

DECRETO SUPREMO N°  3707
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 12 de la Ley N° 492, de 25 de enero de 2014, de Acuerdos y Convenios Intergubernativos, incorporado por el Parágrafo II del Artículo 3 de la Ley N° 730, de 2 de septiembre de 2015, señala que los acuerdos o convenios interinstitucionales suscritos por el Ministerio de la Presidencia o las instituciones públicas bajo su dependencia, con entidades públicas del nivel central del Estado y organizaciones sociales reconocidas, para la ejecución de programas, proyectos y actividades, conforme a lo establecido en el numeral 11 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, deberán contener mínimamente los requisitos e instancias responsables de coordinación, establecidos en la citada norma.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 29091, de 4 de abril de 2007, crea la Unidad de Proyectos Especiales – UPRE como institución pública desconcentrada con independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, bajo dependencia del Ministro de la Presidencia.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3448, de 3 de enero de 2018, que reglamenta la aplicación de la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018, dispone que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que los Ministerios de Deportes y de Educación, en cumplimiento a sus obligaciones establecidas en los Convenios Interinstitucionales de Financiamiento y Ejecución suscritos con la UPRE, requieren contratar auditorías externas a proyectos ejecutados por la UPRE en el marco del Programa “Bolivia Cambia”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar a los Ministerios de Educación y de Deportes, el incremento de la subpartida de Auditorías Externas, para realizar auditorías a los proyectos ejecutados con la Unidad de Proyectos Especiales – UPRE, en el marco del Programa “Bolivia Cambia”.
ARTÍCULO 2.- (AUDITORÍAS EXTERNAS). Se autoriza el incremento de la subpartida 25230 “Auditorías Externas”, a través de traspasos presupuestarios interinstitucionales provenientes del Ministerio de la Presidencia financiados con fuente y organismo 10 – 111 “Tesoro General de la Nación”, a favor de:

  1. Ministerio de Educación en Bs2.471.377,73.- (DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE 73/100 BOLIVIANOS);
  2. Ministerio de Deportes en Bs109.193,61.- (CIENTO NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES 61/100 BOLIVIANOS).
Para realizar auditorías externas a los proyectos, que en Anexo forman parte del presente Decreto Supremo, mismos que fueron ejecutados por el Ministerio de Educación o el Ministerio de Deportes, de acuerdo a sus competencias, con la UPRE en el marco del Programa “Bolivia Cambia”.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia; de Economía y Finanzas Públicas; de Educación; y de Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES  E INTERINO DE  COMUNICACIÓN.


ANEXO  D.S. N°  3707


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PROYECTO
MONTO
1
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA MARIA AYMA MAMANI
       107.824,72
2
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA JUAN JOSE TORREZ GONZALES
       100.159,59
3
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA NUEVA MIRAFLORES
       109.548,00
4
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA AMERICA 1
       109.548,00
5
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA LIBERTADOR SIMON BOLIVAR
        95.828,55
6
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA PABLO NERUDA
       107.824,72
7
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA MANUEL ASCENCIO PADILLA
        99.593,20
8
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA ANTONIO PAREDES CANDIA
        99.396,16
9
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA VILLA IMPERIAL
       109.548,00
10
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA VICENTE DONOSO TORREZ - GUIDO VILLAGOMEZ
        97.551,81
11
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA IGNACIO CALDERON FE Y ALEGRIA I
       105.524,87
12
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA JUAN HERSCHEL C
        54.171,24
13
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA LUIS ERNEST CBN A
       124.261,05
14
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA LUIS URIA DE LA OLIVA
       136.069,46
15
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA ANTOFAGASTA NORUEGO NRO. 2
       109.608,16
16
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA SAN JOSE I
       131.685,96
17
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA SAN SIMON I
       112.573,31
18
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA VILLA CALLAPA
       148.374,63
19
CONSTRUCCION DE AULAS PEDAGOGICAS Y AULAS TECNICAS DE LAS UNIDADES EDUCATIVAS JUAN JOSE TORREZ Y ELIZARDO PEREZ
        61.243,75
20
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA TECNICO HUMANISTICO MINEROS SAN JUAN
       119.856,36
21
CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA TECNICO HUMANISTICO NACIONAL SAN ISIDRO
       120.950,74
22
CONST. U.E. YARA CARANAVI – CARANAVI URBANO – URB. RIVER YARA
        98.590,60
23
CONST. U.E. VILLAMONTES CANTON VILLAMONTES
        31.255,63
24
CONST. U.E. DANIEL SANCHEZ BUSTAMANTE  - CANTON CHORO
        31.949,26
25
CONST. U.E. GERMAN BUSCH DE ALCOCHE – CANTON ALCOCHE
        29.052,39
26
CONSTRUCCION TINGLADO Y GRADERIAS UNIDAD EDUCATIVA OTTO FELIPE BRAUN - COCHABAMBA
          8.444,91
27
CONSTRUCCION CANCHA, MURO PERIMETRAL Y GRADERIAS EN LA UNIDAD EDUCATIVA NUEVA JERUSALEM
          3.719,96
28
CONSTRUCCION DE BATERIAS DE BAÑOS PARA LA UNIDAD EDUCATIVA 6 DE MARZO
          7.222,70
TOTAL
    2.471.377,73
MINISTERIO DE DEPORTES
PROYECTO
MONTO
1
CONSTRUCCIÓN TINGLADO OTB CENTRAL ITOCTA
          9.890,47
2
CONSTRUCCIÓN TINGLADO Y GRADERÍAS OTB LAS ROCAS
        10.801,62
3
CONSTRUCCIÓN TINGLADO OTB INTEGRACIÓN
          9.890,47
4
CONSTRUCCIÓN TINGLADOVALLE HERMOSO 5 DE OCTUBRE ALTO
          9.890,47
5
CONSTRUCCIÓN TINGLADO OTB SANTA FE
          9.890,47
6
CONSTRUCCIÓN TINGLADO OTB LOMA PAMPA
          9.890,47
7
CONSTRUCCIÓN TINGLADO OTB URKUPIÑA
          9.890,47
8
CONSTRUCCIÓN TINGLADO Y GRADERÍAS VILLA VICTORIA
        10.801,62
9
CONSTRUCCIÓN CANCHA DE CÉSPED SINTÉTICO SUB ALCALDIA D-32
        28.247,55
TOTAL
       109.193,61