Sunday, August 9, 2015

Ministerio de Justicia acreditará Centros de Conciliación y Arbitraje

El Ministerio de Justicia anunció que hasta mediados de agosto se acreditarán a los Centros de Conciliación y Arbitraje que son medios alternativos a la justicia ordinaria para resolver conflictos y controversias.

El viceministro de Justicia y Derechos Fundamentales, Diego Jiménez, informó a ANF que se ultiman detalles de la resolución ministerial que regulará su funcionamiento en el marco de la Ley 780 de Conciliación y Arbitraje, promulgada el pasado mes de junio.

Aseguró que el funcionamiento de estos centros "permitirá descongestionar al menos un 50 por ciento de las causas procesales en los próximos 5 años".

Esto es muy importante, dijo porque "sólo en materia familiar existe una mora procesal de 75 mil causas".

La Ley 780 establece un Régimen Especial de Arbitraje para resolver a través de laudos las controversias que pudieran surgir en la ejecución de contratos entre el Estado y el sector privado y reconoce la conciliación como el mecanismo para solucionar conflictos en materia civil, familiar, laboral y agraria que competen a particulares. En ambos casos, las resoluciones adoptadas tienen valor de cosa juzgada.

"Este es el único mecanismo que permitirá descongestionar la carga procesal", aseguró el viceministro Jiménez a tiempo de afirmar que "No existe juez que pueda descongestionar la cantidad de causas en proceso, cada año se suman nuevas causas que saturan aún más el sistema.

No es un tema de presupuesto sino de lógicas procesales, de chicana jurídica y corrupción, por eso la conciliación está proyectada para brindar acceso a la justicia".

Dijo que los centros de conciliación deben asegurar procesos rápidos y gratuitos, "no será necesaria la mediación de un abogado sino la interacción directa de las partes en controversia, en procesos orales que no deben extenderse por más de una hora".

Aunque la práctica de la conciliación no estaba muy extendida, en el pasado funcionaron unos 150 centros de conciliación en el país y se cuenta con conciliadores entrenados que podrán habilitarse bajo la nueva norma.

La Ley 780 establece que además del nivel nacional, las gobernaciones y municipios también deben crear centros de conciliación, pero todos deben registrarse ante el Ministerio de Justicia.

"Esperamos que la conciliación y el arbitraje sean los procedimientos más requeridos y que los juicios sean la excepción", manifestó el viceministro Jiménez que sin embargo reconoció que "será un proceso lento, porque implicará cambiar la cultura litigante, ese "chip" que nos mueve a llevar todo a juicio, aun cuando cuesta caro y tarda años".

Las actas de conciliación tendrán valor de cosa juzgada, es decir que equivaldrán a una sentencia judicial y quienes incumplan o transgredan los acuerdos serán pasibles a sanciones.

Los requisitos para el funcionamiento de un Centro de Arbitraje y Conciliación, que también podrá funcionar por separado, incluyen la presentación de personería jurídica, contar con conciliadores acreditados, un reglamento interno son su respectivo régimen disciplinario, habilitación de ambientes adecuados para su funcionamiento y registrarse ante el Ministerio de Justicia.

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