Friday, June 28, 2019

DECRETO SUPREMO N° 3804 - Autorizar la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras para perfeccionar la adjudicación de un bien inmueble

DECRETO SUPREMO N° 3804
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, establece que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación – TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales.
Que el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, requiere la asignación de recursos adicionales para perfeccionar la adjudicación de un bien inmueble ubicado en la ciudad de Santa Cruz, dentro del proceso Coactivo Civil sustanciado en el Juzgado Público Civil y Comercial Tercero.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto, autorizar la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras para perfeccionar la adjudicación de un bien inmueble ubicado en la ciudad de Santa Cruz.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, realizar en la gestión 2019 la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto total de Bs689.040.- (SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUARENTA 00/100 BOLIVIANOS), a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, para perfeccionar la adjudicación del bien inmueble registrado en Oficinas de Derechos Reales, bajo la Matricula Nº 7.01.1.99.0081443, ubicado en la ciudad de Santa Cruz, sobre la Calle Aguirre hoy llamada la Barranca, Zona Sud – UV. 25, MZA. 3, Lote s/n, Barrio El Trompillo, dentro del proceso Coactivo Civil sustanciado en el Juzgado Público Civil y Comercial Tercero de la ciudad de Santa Cruz.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela MINISTRO DE ENERGÍAS E INTERINO DE DEPORTES, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINA DE EDUCACIÓN, José Manuel Canelas Jaime.

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