Friday, May 10, 2019

Ministerio de Obras Públicas - Regularización de Derecho Propietario a Adjudicatarios y Ocupantes de Los Proyectos Del Ex-Fonvis o Las Entidades Absorvias por Éste.

Última actualización: 28/4/2018 Información actualizada por: MINOPSV - Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Este trámite depende de: Unidad Ejecutora de Titulación
Horarios de atención tramite: El trámite es en linea
Horarios de atención entidad: 8:30 - 11:30 - 14:30 - 18:30

La titulación de soluciones habitacionales de los proyectos del Ex-Fonvis o las entidades absorbidas por éste.

¿Qué requisitos se necesitan?


ADJUDICATARIO

Documento de adjudicación que demuestre el vínculo con la entidad y su derecho sobre una solución habitacional, para actualizar información se solicitará:

Documento de adjudicación que demuestre el vínculo con la entidad y su derecho sobre una solución habitacional
Fotocopia de carnet de identidad
Certificado de matrimonio
Certificado de no propiedad en caso que no se evidencie el mismo.

OCUPANTE

Recibos de servicios básicos (luz, agua o teléfono)
o Certificación domiciliaria extendida por autoridad competente o notario de fe pública
Fotocopia de carnet de identidad
Certificado de matrimonio
Certificado de no propiedad a nivel nacional
Acreditación de ingresos.

Este trámite no tiene costo

¿Cómo se realiza este trámite?


ADJUDICATARIO

Solicitar el desarchivo de la carpeta social individual, revisión de los requisitos por el Área de Registro, revisión financiera (pago de cartera, aportes y emisión de certificados) en el Área de Cartera para finalmente proceder con la emisión de la minuta respectiva.

OCUPANTE

Solicitar el desarchivo de la carpeta social individual, proceder con la revisión descritos en la normativa más la realización de una inspección ocular para posteriormente emitir el informe técnico, emisión del informe financiero, emisión del informe legal, resolución administrativa y finalmente la emisión de la minuta.


Una vez presentada la correspondiente solicitud a la Unidad Ejecutora de Titulación, se deberá realizar los siguientes procedimientos y plazos:

Desarchivo de carpeta social individual: El Técnico de Archivo derivará en el plazo máximo de 72 horas al Arquitecto de Saneamiento Técnico el respectivo expediente.

Emisión del informe técnico individual: En el plazo máximo de 72 horas el Arquitecto de Saneamiento Técnico emitirá el informe técnico individual con los datos técnicos correctos del inmueble.

Revisión por parte de Registro: Recepcionada la carpeta social individual, los funcionarios de la oficina de Registro identificarán el tipo de tramitación para iniciar el procedimiento de habilitación o la identificación de conflictos en la regularización de su derecho propietario, siendo que en el caso que se evidencie el cumplimiento de requisitos y la existencia de documento de adjudicación, se efectuará la habilitación en sistema y físico, remitiéndolo a la oficina de Cartera.

En caso que se presentare un conflicto en la regularización de su derecho propietario, se elaborará el informe técnico que incluya los antecedentes de la solución habitacional, la identificación del conflicto, pudiendo efectuar las inspecciones in situ que requiera en el plazo determinado por el artículo 71 del Decreto Supremo N° 27113, debiéndose determinar el cumplimiento o incumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Demostrar la posesión y la antigüedad de la misma si correspondiere, mediante el comparecimiento de Recibo de Servicios Básicos que contemplen los datos técnicos del inmueble y el nombre del solicitante titular o documentos alternativos a los anteriores que acrediten la posesión pacífica y continúa de dos años anteriores a su solicitud emitidos por autoridad competente que acompañen Certificación Domiciliaria emitida por Notario de Fe Pública o la Policía Nacional, salvo lo previsto por la Ley N° 477 de 30 de diciembre de 2013.

b) Demostrar familia, mediante la presentación de originales o copias verificadas con el original de certificados de matrimonio y/o de nacimiento de los hijos o declaración jurada de concubinato; que en casos de concubinato o titulares con descendencia que no contemplen vínculo matrimonial deben acompañar su certificado de estado civil.

c) Demostrar trabajo o ingresos mediante la presentación de boletas de pago o certificado de trabajo en caso de asalariados o declaración jurada de ingresos ante Notario de Fe Pública, en caso de independientes.

d) Demostrar la necesidad habitacional, con la presentación de Certificado de Propiedad Negativo a nivel nacional emitido por Derechos Reales, del titular y cónyuge si correspondiere.

Emisión del informe de Cartera: Concluido el trámite en Registro, los antecedentes serán remitidos al Área de Recuperación a objeto de su verificación de pagos del aporte propio, saldo a capital y aportes al régimen de vivienda social, debiendo emitir el correspondiente Certificado de Extinción de Deuda y Devolución de Aportes para el proceso de minutación regular o elaborar el informe financiero en caso que se haya presentado un conflicto en la regularización de su derecho propietario.

Emisión de Resoluciones Administrativas: Derivándose los informes técnico y financiero, previo a un informe legal, se procederá a la elaboración de la Resolución Administrativa por la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Unidad, enmarcándose en los plazos establecidos en la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo.

Emisión de Minuta: Una vez habilitado el adjudicatario y verificado el cumplimiento de pagos previa verificación de los pasos precedentes, se emitirá la correspondiente Minuta en el plazo de 20 días hábiles.

¿Dónde puedo realizar el trámite?


: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Viceministerio de Transporte, Piso 10
Teléfonos:
: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Piso 5
Teléfonos: 2119999 - 2156600
: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, Piso 4
Teléfonos:
: Edificio Centro de Comunicaciones La Paz, Viceministerio de Telecomunicaciones, Piso 6
Teléfonos:


Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite:
Marco Legal:

Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo.
Ley N° 163 de 8 de agosto de 2011, norma que crea mecanismos que permitan a la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social la titulación a favor de adjudicatarios y ocupantes, así como el saneamiento técnico legal de urbanizaciones para su registro en Oficinas de Derechos Reales a nivel nacional.
Ley N° 477 de fecha 30 de diciembre de 2013, Ley contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras.
Ley N° 678 de 4 de mayo de 2015, misma que modifica el Artículo 2, Parágrafo I, e incorpora al Artículo 3, el Parágrafo VII, y las Disposiciones Finales Quinta, Sexta, Séptima, Octava y Novena de la Ley Nº 163 de 8 de agosto de 2011.
Decreto Supremo N° 27113 de 23 de julio de 2003, mismo que reglamenta a la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, para su aplicación en el Poder Ejecutivo.
Decreto Supremo N° 27868 de 26 de noviembre 2004; que regula el proceso de saneamiento de urbanizaciones, registro de adjudicatarios, formalización y recuperación de cartera y extensión de minutas.

Puede realizar este trámite en línea: http://obrasdigital.oopp.gob.bo/#/seguimiento/8

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