DECRETO SUPREMO N° 3917
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del
Estado, determina que la administración económica y financiera del
Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de
Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no
podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no
declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1858, de 8 de enero de 2014,
señala que la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA
ALIMENTARIA”, es una institución pública técnica y operativa, con
independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica,
bajo dependencia del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y
dependencia funcional del Viceministerio de Desarrollo Rural y
Agropecuario.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de
enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, de 20 de
diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019,
dispone que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y
Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del
Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200
"Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones",
25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No
Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con
recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su
contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no
amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el
incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”
requiere realizar auditorías externas a los proyectos “Apoyo a la
Producción de Papa en Siembras de Invierno y Temprana a Nivel Nacional”,
“Fortal. la Producción de Manzana y Durazno en los Municipios de
Luribay, Sapahaqui y Licoma. Depto. La Paz” e “Implem. Programa
Desarrollo Sostenible de la Ganadería Bovina en Bolivia”; contar con el
estudio de diseño técnico de pre inversión del proyecto “Const. y
Equipamiento de la Planta de Producción de Abonos Orgánicos en el
Municipio de Caranavi, La Paz”; y capacitar y asistir técnicamente a los
beneficiarios del proyecto “Mej. de la Producción Lechera en el
Municipio de Guayaramerin, en el departamento de Beni”; y el Ministerio
de Desarrollo Rural y Tierras precisa efectuar el pago a sumariantes
externos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto
autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Institución
Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, incrementar las
subpartidas de Auditorías Externas y Consultorías por Producto a través
de traspasos presupuestarios intrainstitucionales.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo
Rural y Tierras y a la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA
ALIMENTARIA”, incrementar en la gestión 2019, mediante traspasos
presupuestarios intrainstitucionales, las siguientes subpartidas:
a) 25230 “Auditorías Externas” en Bs478.161.- (CUATROCIENTOS SETENTA Y
OCHO MIL CIENTO SESENTA Y UNO 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y
organismo 10 - 111 “Tesoro General de la Nación”, afectando la partida
25900 “Servicios Manuales”, para la ejecución de Auditorías Externas de
los proyectos “Implem. Programa Desarrollo Sostenible de la Ganadería
Bovina en Bolivia”, “Apoyo a la Producción de Papa en Siembras de
Invierno y Temprana a Nivel Nacional” y “Fortal. la Producción de
Manzana y Durazno en los Municipios de Luribay, Sapahaqui y Licoma.
Depto. La Paz”.
b) 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes
Públicos de Dominio Privado” en Bs109.500.- (CIENTO NUEVE MIL QUINIENTOS
00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro
General de la Nación”, afectando la partida 25900 “Servicios Manuales”,
para el estudio de diseño técnico de pre inversión del proyecto “Const. y
Equipamiento de la Planta de Producción de Abonos Orgánicos en el
Municipio de Caranavi, La Paz”.
c) 25810 “Consultorías por Producto” en Bs182.645.- (CIENTO OCHENTA Y
DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS), financiado con
fuente 41 “Transferencias T.G.N.” y organismo 119 “Tesoro General de la
Nación - Impuesto Directo a los Hidrocarburos”, afectando la partida
25900 “Servicios Manuales”, para la ejecución de los componentes de
asistencia técnica y/o capacitación, supervisión y servicio de
inseminación artificial en el marco del proyecto “Mej. de la Producción
Lechera en el Municipio de Guayaramerin, en el departamento de Beni”.
d) 25210 “Consultorías por Producto” en Bs12.000.- (DOCE MIL 00/100
BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro General
de la Nación”, afectando la partida 26990 “Otros”, para el pago de
sumariantes externos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Rural y
Tierras, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente
Decreto Supremo.
Es dado en el Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana
Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López,
Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Rafael Alarcón Orihuela,
Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro
Miranda, Milton Gómez Mamani MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN
SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Lilly
Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar
Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel
Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E
INTERINO DE HIDROCARBUROS.
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Saturday, September 14, 2019
DECRETO SUPREMO N° 3917 - Autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y a la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, incrementar las subpartidas de Auditorías Externas y Consultorías por Producto
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