Wednesday, October 9, 2019

DECRETO SUPREMO N° 3941 - Autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través del Fondo Nacional de Desarrollo Integral – FONADIN, incrementar la subpartida de Consultoría por Producto

DECRETO SUPREMO N° 3941
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 3204, de 7 de junio de 2017, señala que el Fondo Nacional de Desarrollo Integral – FONADIN, es una institución pública desconcentrada del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, con independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, bajo la normativa interna de esta Cartera de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el FONADIN requiere incrementar la subpartida de Consultoría por Producto, para Asistencia Técnica Integral de proyectos de construcción de sistemas de riego y microriego en los departamentos de Potosí y Cochabamba.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto, autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través del Fondo Nacional de Desarrollo Integral – FONADIN, incrementar la subpartida de Consultoría por Producto para asistencia técnica en proyectos de riego y microriego.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través del FONADIN incrementar en la gestión 2019, la subpartida 46310 “Consultoría por Producto” en Bs110.607,36.- (CIENTO DIEZ MIL SEISCIENTOS SIETE 36/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 “Tesoro General de la Nación”, bajo la modalidad de Apoyo Presupuestario Sectorial, a través de traspasos presupuestarios intrainstitucionales afectando las partidas 25900 “Servicios Manuales” en Bs89.072,76 (OCHENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y DOS 76/100 BOLIVIANOS) y 99100 “Provisiones para Gastos de Capital” en Bs21.534,60 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO 60/100 BOLIVIANOS), para la Asistencia Técnica Integral de proyectos de construcción de sistemas de riego y microriego en los departamentos de Potosí y Cochabamba.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Rural y Tierras, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela MINISTRO DE ENERGÍAS E INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS,  SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE COMUNICACIÓN.

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